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El Pazo de Meirás no pertenece a los Franco, pero serán indemnizados por su mantenimiento desde 1975

El Pazo de Meirás no pertenece a los Franco, pero serán indemnizados por su mantenimiento desde 1975

El Tribunal franco/" title="Supremo">Supremo ha confirmado este jueves, 12 de marzo de 2026, que el Pazo de Meirás es propiedad del Estado y ordena a los herederos devolver el inmueble, poniendo fin a décadas de litigio, si bien reconoce el derecho de los nietos del dictador a ser indemnizados por los gastos de conservación asumidos desde 1975. La sala civil ratifica la sentencia de la Audiencia de A Coruña y desestima todos los recursos presentados por la familia que reclamaba la titularidad. El fallo reconoce que algunas inversiones realizadas en el pazo deben ser compensadas al haberse llevado a cabo por quienes ocuparon la casa en apariencia de buena fe.

El Supremo declara asimismo la nulidad de la donación de 1938 y de la supuesta compraventa de 1941 sobre las que los Franco sustentaban su pretensión de dominio, al entender que ambos actos carecieron de validez legal. Los magistrados concluyen que los procedimientos no cumplieron los requisitos formales exigidos y que los pagos previstos en la documentación nunca se llegaron a efectuar, por lo que la propiedad no se transmitió legítimamente a la familia. Con esta decisión, el tribunal consolida la tesis de que el pazo, desde 1938, estuvo destinado al servicio de la jefatura del Estado.

En su resolución, el Supremo subraya que el uso institucional del inmueble durante la dictadura lo aproxima a otras residencias vinculadas a la jefatura del Estado, como el Palacio del Pardo, y que no concurrieron las condiciones legales para su adquisición como patrimonio privado. Los jueces examinaron la cadena documental y administrativa que rodeó la gestión del pazo y descartaron la validez de los títulos invocados por los herederos. La sentencia, por tanto, no solo obliga a la devolución material del bien sino que rectifica la apariencia registral que había protegido a la familia durante décadas.

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El Pazo de Meirás, construido a finales del siglo XIX por la escritora Emilia Pardo Bazán, pasó a ser residencia veraniega de Francisco Franco durante la dictadura y quedó en manos de sus descendientes tras su muerte. Localizado en el municipio de Sada, en la provincia de A Coruña, el inmueble se convirtió en uno de los símbolos más visibles del franquismo en Galicia y en el centro de una disputa judicial y política que se prolongó por años. La recuperación del edificio por parte del Estado busca, según el fallo, restituir la titularidad pública de un bien destinado, según la Sala, a usos del Estado.

El Supremo ha admitido, no obstante, que los herederos tienen derecho a ser compensados por los gastos calificados como necesarios y útiles que realizaron durante el tiempo en que ocuparon el pazo, al considerar que actuaron de buena fe en ese aspecto. La cuantía global de esas reclamaciones se había estimado en torno a 800.000 euros, según las estimaciones manejadas en el proceso, si bien la sentencia precisa los criterios para determinar qué gastos son efectivamente indemnizables. Ahora corresponde a la vía administrativa o a instrucciones posteriores fijar la cifra definitiva y la forma de pago.

La resolución marca el final de una batalla judicial que había tenido hitos relevantes en los últimos años, incluidas decisiones previas de tribunales inferiores y un fuerte debate público sobre la memoria histórica y la gestión del legado del franquismo en Galicia. Los herederos habían presentado sucesivos recursos alegando la validez de los títulos que, según su versión, justificaban la titularidad privada del pazo. La Sala, sin embargo, ha desestimado esos argumentos y ha dejado clara la prevalencia de los criterios jurídicos sobre las pretensiones registrales.

Con la confirmación de la propiedad estatal, el Estado podrá ahora iniciar los trámites para asumir la conservación, el uso y la posible apertura pública del conjunto, decisiones que serán objeto de decisiones administrativas y políticas en los próximos meses. Instituciones culturales y de patrimonio deberán coordinar las medidas para la protección del inmueble y su entorno, así como definir su destino definitivo dentro de la oferta patrimonial de la comunidad. El fallo abre además la puerta a que se impulse la interpretación y gestión del pazo desde la perspectiva de la memoria histórica.

La sentencia del Supremo cierra, al menos en sede judicial, un capítulo que había generado intensos debates locales y nacionales sobre la titularidad y el tratamiento de bienes vinculados al periodo franquista. Para amplios sectores de la sociedad gallega, la devolución del Pazo de Meirás al Estado supone la restitución de un patrimonio de carácter público; para la familia, supone la pérdida de un legado heredado durante generaciones, aunque con derecho a una compensación por los gastos acreditados. Con esto, la cuestión judicial queda zanjada y queda por ver cómo se materializa en la práctica la gestión del inmueble en los próximos meses.

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Sofía Martínez

Periodista de Galicia Universal.

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