El autoconsumo eléctrico permite abaratar la factura doméstica un 40 %
Adiós a todas las trabas: la electricidad sobrante ya no se regalará, se descontará del recibo de la luz
El Gobierno regula el autoconsumo eléctrico Atlas
F. Fernández
La Voz 05/04/2019 20:53 h
El Consejo de Ministros acaba de aprobar el real decreto que regula el autoconsumo de electricidad. Todos los clientes domésticos podrán instalar placas solares para abastecerse de energía sin penalizaciones por medio y, lo más importante y novedoso, serán compensados por la electricidad que produzcan, no consuman y viertan, por tanto, a la red. Hasta ahora, se la regalaban al sistema, pero dejará de ser así. Según detalló la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, habrá un regalo para ellos, no en forma de dinero, sí de descuento en la factura de la luz. La Axencia Provincial da Enerxía calcula que ese ahorro puede alcanzar el 40 % del recibo, pues estima que esa energía producida y no consumida puede alcanzar de media los 1.200 kilovatios hora anuales, para un consumo total de una familia media de unos 3.000.
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En virtud de este nuevo decreto, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual. La compensación económica podrá llegar hasta el 100 % de la energía consumida por el usuario en ese mes.
Ribera destacó también que el real decreto fomentará el autoconsumo compartido, no solo entre comunidades de vecinos, sino también entre empresas situadas en la misma zona. Esta modalidad estaba también prohibida hasta ahora.
La ministra subrayó que el autoconsumo eléctrico contribuirá a una evolución de precios a la baja, y dejará atrás «un sistema centralizado en manos de unos pocos».
Se prohibirán los cortes de suministro en olas de frío o de calor
El Consejo de Ministros ha aprobado también este viernes la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2019-2024, en la que prohíbe cortar el suministro energético en situaciones climatológicas extremas, como puede ser una ola de frío de calor.
Esta restricción se suma a las ya existentes de no cortar el suministro a familias en riesgo de exclusión social y beneficiarios del bono social en los que en la unidad familiar haya un menor de 16 años, una persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III. Además, el documento amplía el periodo previo al corte de suministro en caso de impago, que hasta ahora para los consumidores vulnerables acogidos al bono social de electricidad habilitaba un plazo de cuatro meses antes de que el suministrador pudiera interrumpir el servicio.