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Cuando la sanción no pasa por la celda: en Galicia las penas alternativas ya superan a los presos entre rejas

6.000 personas en Galicia evitaron la prisión en 2024 gracias a trabajos en beneficio de la comunidad, programas formativos y medidas de libertad vigilada, casi el doble de los internos que había en los centros penitenciarios de la comunidad. El fenómeno no es casual: desde la reforma del Código Penal de 2010 los tribunales han dado un vuelco a la hora de imponer penas cortas, pero en los últimos cinco años esa tendencia se ha acelerado de forma notable.

Un giro en la sentencia: cifras y tipos de delitos

Los datos más recientes de la memoria estadística del Ministerio del Interior sitúan a Galicia en una esquina destacada del mapa judicial: las penas alternativas crecieron más de un 30% entre 2020 y 2024, hasta esas 6.000 resoluciones anuales que eluden el ingreso en prisión. Por contraste, la población reclusa en la comunidad cerró 2024 en casi 3.200 internos, un aumento algo más del 7% respecto al periodo previo a la pandemia pero muy por debajo del alza de las sanciones no privativas.

Los delitos que alimentan este cambio no son marginales. Se trata en su mayoría de hurtos leves, infracciones contra la seguridad vial —conducir bajo influencia, por ejemplo— y casos de violencia de género en los que los jueces valoran que no existe riesgo extremo para la víctima. Junto a ellos aparecen lesiones y delitos contra el patrimonio cuyos autores reciben programas de reeducación o TBC (trabajos en beneficio de la comunidad) como pena sustitutoria.

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La distribución provincial aporta matices: A Coruña concentró la mayor parte de esas medidas, con casi 2.600 sentencias alternativas en 2024, seguida de Pontevedra con 1.988. Muy por detrás quedaron Ourense y Lugo, con 858 y 558 respectivamente. A nivel nacional, las penas alternativas sumaron 91.169 en 2024 —un 40% más que hace cinco años— frente a los 59.226 internos contabilizados en los penales españoles. El balance dibuja una justicia que opta cada vez más por sancionar fuera del perímetro de la prisión.

Las raíces del cambio: coste, reinserción y pragmatismo judicial

La decisión no nace solo de la voluntad reformadora: pesa la evidencia práctica. Preservar el empleo, el entorno familiar y los lazos sociales figura hoy en el argumentario de muchos magistrados y fiscales cuando se valora una pena de corta duración. «Las condenas de tres a seis meses muchas veces desestructuran la vida del condenado sin aportar beneficios claros en su reinserción», asegura, bajo anonimato, una fiscal de los juzgados de A Coruña consultada para este reportaje. Es una opinión compartida por varios actores judiciales en la comunidad.

«Sustituir un mes de prisión por un trabajo comunitario supervisado puede generar un impacto social más visible y, al mismo tiempo, evitar la estigmatización que acompaña al recluso», señala la fiscal.

El factor económico alimenta la ecuación. Mantener a una persona en prisión supone un desembolso público que, según fuentes judiciales, se sitúa entre 25.000 y 30.000 euros anuales por interno. Las penas alternativas reducen ese coste y, además, revierten en la comunidad. En ayuntamientos y ONG gallegas que acogen a condenados a TBC se aprecia esa doble lectura: ejecución de la pena y beneficio tangible para el entorno urbano o rural.

No obstante, la balanza también mide riesgos. Operar fuera del encierro requiere supervisión y programas eficaces. La red de seguimiento —desde servicios sociales municipales hasta equipos de tratamiento penitenciario— está sometida a tensiones cuando crece el volumen de casos, y no siempre dispone de recursos suficientes en comarcas despobladas de Ourense o Lugo.

Impacto local: entre la proporcionalidad y la seguridad pública

Para muchas víctimas, recibir noticias de una pena alternativa puede ser incómodo o insuficiente. Asociaciones de apoyo a víctimas de violencia de género han advertido a las autoridades de la necesidad de distinguir con nitidez los supuestos en los que la medida es adecuada de aquellos en que la prisión sigue siendo la única garantía de protección. Los tribunales, en su mayoría, introducen medidas complementarias —órdenes de alejamiento, programas obligatorios de reeducación— cuando optan por la sustitución de la pena.

La Xunta y los municipios gallegos han tenido que adaptar su logística. Algunos ayuntamientos han formalizado convenios con Instituciones Penitenciarias y la Fiscalía para la realización de trabajos comunitarios; otros han ampliado su oferta de talleres y cursos reeducativos. En zonas con mayor actividad turística, por ejemplo, los trabajos de mantenimiento de espacios públicos han sido un recurso recurrente que satisface a las administraciones locales y ofrece una salida visible para la ejecución de la pena.

Dentro del sistema penitenciario también se aprecia una menor rigidez. El régimen abierto —conocido históricamente como tercer grado— ha ganado protagonismo como instrumento que suaviza el tránsito entre la vida en prisión y la libertad plena. Ese movimiento, unido al auge de las penas alternativas, está transformando la experiencia punitiva en Galicia y en el resto del país.

Mirando al futuro, la pregunta es si este modelo será sostenible y efectivo a medio plazo. La evidencia mostrada por las cifras recientes invita al optimismo en materia de reinserción, pero exige inversión en supervisión, formación y apoyo a las víctimas. La política penitenciaria, por tanto, tiene ante sí un reto doble: consolidar las opciones no privativas y garantizar al mismo tiempo que la seguridad y la reparación no queden en un segundo plano.

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Sofía Martínez

Periodista gallega especializada en información local y política. Licenciada en Periodismo por la USC. Redactora jefe de Galicia Universal.

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