martes, 10 de marzo de 2026 | Galicia, España

Absuelto un policía de Vigo acusado de violar a la hermana de 18 años de su amigo

Absuelto un policía de Vigo acusado de violar a la hermana de 18 años de su amigo

La sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, absolvió a un agente municipal acusado de violar a la hermana de un amigo, al considerar que no se acreditó la ausencia de consentimiento. La joven tenía 18 años en el momento de los hechos, ocurridos la madrugada del 27 de noviembre de 2022, y el acusado es 24 años mayor que ella.

## El veredicto

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La sentencia, recogida por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), declara al policía absuelto porque existe una «duda razonable» sobre la existencia de la falta de consentimiento.

Los magistrados concluyen que sí hubo un encuentro sexual en el vehículo del acusado, pero no se ha roto la presunción de inocencia.

  • Órgano juzgador: Sección quinta de la Audiencia de Pontevedra (sede en Vigo).
  • Fecha de los hechos: madrugada del 27 de noviembre de 2022.
  • Víctima: mujer de 18 años en el momento del suceso.
  • Defensa: despacho Espinosa & Asociados.

## Pruebas y testimonios

La Sala valora que la declaración de la denunciante no alcanza la fiabilidad necesaria para sostener una condena.

Los jueces ponen en especial atención los episodios que la mujer describió como desvanecimientos, señalando que se alternaron con momentos en los que reconoció estar despierta y, en alguno de ellos, admitir que pudo expresar consentimiento.

Asimismo, la resolución subraya que no consta ingestión de alcohol ni la administración de sustancias que pudieran anular la voluntad de la joven.

Otro elemento que pesa en la decisión es la correspondencia entre las partes al día siguiente, que, según la Sala, no refleja una situación de coacción o rechazo que corroborase la versión de ausencia de consentimiento.

## Contexto del suceso y claves procesales

Los hechos sucedieron cuando el agente, tras ofrecer llevar a la joven a su domicilio, dejó a otras dos acompañantes y, según la denuncia, se dirigieron al parque de Castrelos, donde se produjo el encuentro en el interior del automóvil.

La diferencia de edad entre víctima y acusado (18 frente a 42 años) figuró en la instrucción, pero la sentencia se centra en la prueba de la voluntariedad y no en el mero contraste generacional.

En términos procesales, la Sala insiste en que la duda razonable impide imponer una pena. No obstante, la resolución no es firme: cabe recurso de apelación ante el propio TSXG.

  • Situación procesal: absolución en primera instancia; posibilidad de apelación.
  • Razón principal: insuficiente acreditación de la ausencia de consentimiento.
  • Pruebas controvertidas: declaración de la denunciante, mensajes intercambiados, ausencia de trazas de ingestión de sustancias.

## Reacciones y siguientes pasos

Ni la sentencia ni las actuaciones públicas recogen, por ahora, manifestaciones oficiales de las partes sobre la decisión judicial.

La acusación podrá recurrir la absolución y, si lo hace, la causa seguirá su trámite en la vía de apelación prevista por la ley.

El caso añade, en el plano social y mediático, un debate sobre la valoración probatoria en delitos contra la libertad sexual y sobre cómo los tribunales analizan el consentimiento en situaciones de conflicto testimonial.

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Redacción

Periodista de Galicia Universal.

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