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Condenado por perseguir y proferir comentarios sexuales a una menor de 15 años en Ourense

Condenado por perseguir y proferir comentarios sexuales a una menor de 15 años en Ourense

La titular de la Sección Penal del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense condenó este lunes a un hombre por un delito de coacciones tras proferir comentarios de contenido sexual a una menor de 15 años y perseguirla por la vía pública. El suceso ocurrió la noche del 4 de noviembre de 2024 en las inmediaciones de una lavandería de la ciudad, donde la víctima se encontraba sentada en un banco. El acusado, identificado como Ricardo M.F., de 67 años y con antecedentes penales, fue condenado a una multa y a una posible pena sustitutoria si no la abona.

Según consta en la resolución judicial, el agresor se acercó a la menor alrededor de las 21:30 y, tras aproximar su cabeza a la de la joven, le dirigió expresiones de carácter sexual explícito que generaron en la víctima un claro estado de temor. La chica emprendió la huida a pie mientras era seguida por el condenado, hasta que logró la ayuda de una persona desconocida que la acompañó hasta su domicilio. Allí, junto a sus padres, presentó la denuncia que dio origen al proceso.

En la vista previa, la Fiscalía modificó la calificación inicial de acoso por la de coacciones y solicitó una pena consistente en una multa. La jueza de la Sección Penal consideró probado que los hechos causaron intimidación suficiente para integrar la tipificación elegida por la acusación pública. La sentencia recoge además la imposición de las costas procesales al condenado y contempla medidas de ejecución si la sanción no se satisface.

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Detalle de la condena y mecanismos de pago

La pena impuesta consiste en una multa de 12 meses con una cuota diaria de 4 euros, lo que supone un total de 1.440 euros. La resolución prevé, en caso de impago, la sustitución de la sanción por una responsabilidad personal subsidiaria de seis meses de privación de libertad. El tribunal autorizó además el pago aplazado de la multa mediante cuotas mensuales, fijadas en 60 euros durante un periodo de dos años, para facilitar su cancelación.

Además de la sanción económica, el condenado asumirá las costas del proceso, según recoge la sentencia. La modificación de la calificación penal por parte del Ministerio Fiscal —de acoso a coacciones— fue determinante en la pena impuesta. En la motivación del fallo la jueza valora tanto las expresiones empleadas como el seguimiento posterior que impidió el normal ejercicio de la libertad de la menor.

Contexto y reacción

El caso ha sido apreciado por la magistratura como un episodio de violencia verbal y amenaza en la vía pública dirigido a una persona menor de edad, un factor que agrava la percepción de riesgo. La presencia de antecedentes penales del acusado fue reseñada en el procedimiento, si bien la sentencia no recoge la imposición de medidas de alejamiento específicas. La víctima, asistida por sus padres, formalizó la denuncia pocas horas después de los hechos.

El episodio sitúa de nuevo el foco en la lacra del acoso y las agresiones verbales que sufren muchas personas, en especial mujeres y adolescentes, en espacios urbanos. Organizaciones de protección de menores y colectivos contra la violencia machista vienen reclamando respuestas más contundentes y protocolos que garanticen tanto la prevención como la protección inmediata de las víctimas. Expertos legales consultados subrayan que la tipificación de coacciones permite sancionar conductas que implican imposición y temor aunque no lleguen a la agresión física.

La publicación de la sentencia en Ourense cierra el proceso penal por estos hechos, aunque la condena económica y la posibilidad de prisión subsidiaria marcan las consecuencias legales para el reo. No consta en la resolución facilitada que se hayan adoptado medidas adicionales de atención o reparación para la menor. El tribunal dejó constancia de la naturaleza intimidatoria de los comentarios y del seguimiento, elementos decisivos para el veredicto final.

Fuentes judiciales confirman que el fallo es firme en cuanto a la culpabilidad y que el procedimiento continuará en la fase de ejecución si la sanción no se liquida en los plazos acordados. La investigación y el juicio han servido para visibilizar la necesidad de denunciar estos comportamientos y para que la justicia actúe frente a conductas que vulneran la libertad y la seguridad de las personas más jóvenes.

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Sofía Martínez

Periodista gallega especializada en información local y política. Licenciada en Periodismo por la USC. Redactora jefe de Galicia Universal.