En Santiago de Compostela, la comunidad de propietarios puede exigir responsabilidades y llegar a denunciar a un vecino que realice obras en su vivienda fuera de los límites que fija la Ley de Propiedad Horizontal. La confirmación llega tras las últimas modificaciones de la norma y fue recogida el 15 de marzo de 2026 por Alicia Pardo. La reforma legal busca ordenar las actuaciones en pisos y evitar que las obras perjudiquen la seguridad, la estructura o los derechos del resto de propietarios.
La ley distingue entre actuaciones interiores y aquellas que afectan a elementos comunes o a la estabilidad del edificio. Un propietario puede reformar su domicilio, pero no puede cambiar elementos que comprometan la integridad del inmueble ni realizar trabajos que causen daños a vecinos colindantes. En caso de duda, el texto legal obliga a comunicar las obras al presidente o al administrador de la finca antes de acometerlas.
Además, la normativa incorpora un requisito para las reparaciones urgentes: si se detecta un problema que requiere actuación inmediata, como una filtración que afecte a la comunidad, el propietario debe informar al administrador y no proceder por su cuenta. El objetivo es coordinar las intervenciones y preservar tanto la seguridad como los intereses comunes del edificio.
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Conoce más →Qué permite y qué prohíbe la ley
Según el articulado, el titular de una vivienda puede introducir cambios en su interior siempre que no perjudique la seguridad, la estructura general ni el aspecto exterior del edificio. Las obras que alteren elementos comunes —como fachadas, tejados, o instalaciones comunitarias— requieren el acuerdo de la junta de propietarios y, en muchos casos, permisos y licencias municipales.
La norma también acota actividades molestas, insalubres o peligrosas en las viviendas que, por su carácter, puedan dañar la finca o vulnerar las disposiciones estatutarias. Si los estatutos de la comunidad recogen prohibiciones específicas, éstas prevalecen y su incumplimiento puede motivar sanciones internas o acciones judiciales.
Responsabilidades de la comunidad y pasos para denunciar
El presidente de la comunidad, o el administrador, tiene facultades para actuar cuando se detectan obras irregulares. El primer paso habitual es requerir al propietario responsable la suspensión inmediata de los trabajos y la corrección de los daños. Si no hay respuesta, el órgano de gobierno de la finca puede llevar el asunto a junta para autorizar acciones posteriores.
Si la cesación de la actividad no se produce, la comunidad puede aprobar por mayoría la interposición de una demanda judicial. La vía contenciosa permite solicitar medidas cautelares para paralizar las obras y exigir la reparación de los perjuicios. En casos de especial gravedad pueden pesarse responsabilidades económicas por daños y perjuicios.
Los estatutos y los acuerdos de la comunidad marcan el procedimiento interno, pero la vía judicial es la herramienta última cuando los requerimientos extrajudiciales fracasan. Asimismo, la normativa que regula la propiedad horizontal ha reforzado mecanismos para perseguir la morosidad, lo que influye en la gestión global de las comunidades.
En la práctica, muchos conflictos surgen por reformas en baños y cocinas que provocan filtraciones, ruidos o cambios de uso que afectan a otros pisos. Los vecinos que se sienten perjudicados pueden solicitar al presidente que actúe o, en última instancia, acudir a los tribunales con pruebas del perjuicio y de los requerimientos previos realizados por la comunidad.
Los propietarios interesados en hacer obras deberían revisar primero los estatutos, comunicar el proyecto a la administración de la finca y, cuando proceda, solicitar licencia municipal. También es aconsejable contar con un informe técnico que acredite que las intervenciones no afectarán a la estructura ni a elementos comunes.
Para evitar conflictos, la comunicación previa y el cumplimiento de los trámites administrativos y comunitarios son fundamentales. Cuando los acuerdos no se respetan, la ley ofrece a las comunidades herramientas para proteger el edificio y los derechos de sus propietarios, incluida la posibilidad de presentar una denuncia formal.
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