La mercantil dedicada a la impartición de cursos de formación, que tenía su sede en el barrio vigués de Coia, ha sido declarada extinguida y su página web ha dejado de estar operativa tras el cierre del proceso concursal. El juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra dictó la calificación de la quiebra y la obligación de cubrir el déficit, lo que precipitó la liquidación formal de la sociedad en enero de este año y su última anotación en el Boletín Oficial del Estado.
El administrador único de la compañía, Alexis Fernández Montes de Oca, fue declarado responsable en la pieza de calificación y condenado al pago de 7,834 millones de euros para cubrir el déficit concursal. Además, el tribunal le impuso una inhabilitación para administrar bienes por un periodo de cinco años.
La empresa, que había entrado en concurso de acreedores en octubre de 2023, había continuado operando de forma limitada hasta que en enero comenzó el trámite de liquidación. Pese a la situación judicial, el dominio de la web fue renovado en agosto de 2025, aunque en las últimas fechas ha sido desconectado definitivamente.
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El grupo llegó a facturar cerca de 7 millones de euros en 2018, ejercicio que figura como el último con cuentas depositadas en el Registro Mercantil. Sus servicios estaban orientados a la formación para distintos sectores y se habían extendido geográficamente a regiones como Cataluña, la Comunidad Valenciana, Aragón y la Comunidad de Madrid.
El catálogo de cursos ofrecidos era amplio e incluía desde acciones formativas habituales hasta la preparación de oposiciones para varias fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Sin embargo, sus propias condiciones advertían de la limitada validez académica de los títulos expedidos por la entidad.
«Una vez finalizados y aprobados todos los exámenes del curso, de acuerdo a la valoración realizada por el tutor/a asignado/a, se recibirán los correspondientes Diplomas, donde se acreditarán los conocimientos adquiridos. Estos estudios no tienen efectos académicos y están comprendidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 2641/1980 de 7 de noviembre.»
La aclaración contractual sitúa los certificados como acreditaciones profesionales privadas, no como títulos con reconocimiento oficial del sistema educativo, lo que puede afectar a quienes contaban con esos diplomas para acreditar méritos académicos.
Consecuencias jurídicas y situación de alumnos y acreedores
La sentencia de la pieza de calificación considera culpable la gestión que dio lugar al déficit concursal, por lo que ordena la reparación económica a cargo del administrador único. La cifra fijada por el tribunal pretende cubrir el agujero financiero detectado en la liquidación del concurso.
La extinción de la sociedad, oficializada en el Boletín Oficial del Estado, marca el fin del vehículo jurídico que prestaba los servicios y obliga a ejecutar las responsabilidades establecidas en la resolución judicial. La inhabilitación impide además a su responsable ejercer cargos de administración durante cinco años, con las consecuencias legales que ello conlleva.
Para usuarios y alumnos, la desaparición de la empresa plantea dudas sobre la validez práctica de los diplomas expedidos y la posibilidad de reclamar devoluciones o compensaciones. Al tratarse de certificados explicitados como carentes de efectos académicos, las opciones de obtener una convalidación oficial son limitadas, aunque los afectados aún pueden explorar vías de reclamación civil frente a la extinta mercantil o sus administradores.
Con la página web desconectada y la sociedad disuelta, el cierre administrativo no cierra del todo las vías judiciales o las reclamaciones de acreedores y alumnos. El fallo del juzgado y la anotación en el BOE suponen, en cualquier caso, un cierre formal del proceso societario que comenzó hace dos años con la apertura del concurso.
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