El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil proceda al expurgo de los dispositivos electrónicos intervenidos en el domicilio de la exmilitante del PSOE Leire Díez, en una providencia registrada el 12 de marzo de 2026. La medida busca eliminar de los terminales y otros soportes toda información de carácter personal que no guarde relación con la investigación sobre presuntas irregularidades en contratos vinculados a entidades dependientes de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). El juez exige además la entrega al Juzgado de los originales intervenidos y de las copias de trabajo, y prohíbe su utilización hasta completar el expurgo.
En su resolución, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 ordena abrir una «pieza separada y reservada» para llevar a cabo el proceso de depuración de datos, con el fin de preservar la eficacia de las diligencias y, al mismo tiempo, los derechos fundamentales de las personas afectadas. La providencia indica que los investigadores deberán abstenerse de emplear el contenido de los dispositivos hasta que se acredite que ha sido realizado el expurgo, una cautela que pretende evitar que material ajeno al sumario se incorpore a la causa. El Juzgado reclama a la Guardia Civil la remisión de todos los efectos originales junto con las copias forenses elaboradas durante el registro.
La actuación se enmarca en la investigación abierta por posibles irregularidades en contratos de sociedades públicas y organismos dependientes de la SEPI, que en diciembre de 2025 motivó la detención de la propia Díez junto al expresidente de la entidad, Vicente Fernández, y al administrador de la empresa Servinabar, Antxon Alonso. Aquella operación incluyó entradas y registros en varios inmuebles vinculados a los investigados, y la intervención de dispositivos móviles y ordenadores fue parte de la batería de pruebas recabadas por la UCO. Desde entonces el proceso ha avanzado con diligencias complementarias y con medidas cautelares ordenadas por el juez instructor.
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Conoce más →La figura del expurgo responde a la necesidad de diferenciar entre información relevante para la investigación –como comunicaciones o documentos vinculados a contratos y decisiones empresariales– y datos estrictamente personales, como mensajes privados, fotografías o datos bancarios no relacionados con los hechos investigados. Técnicos forenses deben realizar copias de trabajo y aplicar filtros o criterios que permitan aislar y, cuando proceda, eliminar o proteger la información que exceda el objeto del procedimiento. La medida persigue garantizar el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones sin que ello suponga la destrucción o la alteración de pruebas útiles.
Para las partes procesales, el expurgo puede equilibrar la protección de derechos individuales con la necesidad de acceso a pruebas esenciales. La Fiscalía y la acusación deberán poder acreditar la pertinencia de los archivos que reclamen, mientras que la defensa podrá reclamar garantías sobre la integridad y la integridad de las copias forenses. El hecho de que el juez haya apartado esa fase en una pieza separada y con carácter reservado revela la preocupación del órgano judicial por custodiar la cadena de custodia y el acceso a la información sensible.
La UCO, responsable de la investigación, está obligada por la providencia a entregar al juzgado tanto los materiales originales intervenidos como las copias de trabajo que hubieran sido elaboradas, sin que por ahora se haya fijado en la resolución pública un calendario concreto para la ejecución del expurgo. La orden judicial también impide cualquier utilización de los datos extraídos hasta que el expurgo quede acreditado, lo que limita temporalmente la explotación de ese material en las pesquisas.
No constan por ahora declaraciones públicas de la Guardia Civil ni de la defensa de Leire Díez sobre la providencia, y el juez Pedraz ha mantenido hasta la fecha la reserva sobre algunos aspectos procesales para preservar la investigación. La causa sigue abierta y las diligencias se suceden en la Audiencia Nacional, donde los órganos judiciales intentan conciliar la diligencia investigadora con las garantías procesales exigidas por la legislación sobre protección de datos y derechos fundamentales.
El caso, que afecta a cargos y empresarios relacionados con contrataciones públicas, mantiene la atención mediática y política por las posibles implicaciones en la gestión de fondos y participación de sociedades estatales. La decisión de Pedraz de ordenar un expurgo refleja la tendencia de los tribunales a extremar las cautelas cuando la prueba informática puede contener un volumen relevante de información personal no vinculada al objeto de la investigación.
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