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La Audiencia confirma penas por vender joyas y un portátil sustraídos en casas parroquiales de Vigo

La venta en un establecimiento de segunda mano de objetos procedentes de un robo ocurrido en casas parroquiales de Vigo ha acabado con la condena firme de dos hombres por receptación. Los hechos, que se remontan a octubre de 2022, comenzaron con la sustracción de dos juegos de llaves del vehículo de un sacerdote y terminaron con la aparición en un comercio de un reloj, una cadena de oro con medalla, un crucifijo de valor sentimental y un ordenador portátil. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha rechazado el recurso de la defensa y ha ratificado las penas impuestas en primera instancia.

Los hechos y la condena

Según la reconstrucción judicial, el robo en las viviendas parroquiales se produjo después de que desaparecieran las llaves del coche del sacerdote, lo que facilitó el acceso a objetos guardados en las estancias religiosas. No se llegó a identificar a los autores materiales de la sustracción inicial, pero las investigaciones sí localizaron a quienes habían puesto a la venta los efectos sustraídos en una tienda de compraventa.

La sala de apelación consideró acreditado que los dos varones actuaron como receptadores al vender los bienes provenientes del delito. Uno de los acusados fue condenado a un año y tres meses de prisión, y el otro a seis meses, penas que la Audiencia ha confirmado al desestimar el recurso. La resolución judicial repasa la cadena de custodia de las pruebas y valora la declaración de los responsables del comercio de segunda mano.

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Para las comunidades parroquiales afectadas, además del valor material de los objetos —en especial el crucifijo con una representación del Cristo que tenía significado litúrgico y sentimental—, el episodio ha supuesto una herida en la confianza. En muchas parroquias viguesas las casas rectorales y sacristías guardan recuerdos familiares y piezas de culto que no pueden reponerse con facilidad, y la sensación de vulnerabilidad perdura meses después de la investigación.

Contexto y antecedentes: seguridad en templos y la respuesta judicial

En Galicia, y de forma particular en la comarca de Vigo, las iglesias y capillas —muchas de ellas pequeñas y abiertas a la comunidad— han sido en más de una ocasión objetivo de hurtos. No es la primera vez que las parroquias sufren robos de monedas de las colectas, candelabros o piezas de orfebrería. La densidad de templos, especialmente en barrios históricos como Bouzas o en municipios del rural vigues, pone de manifiesto la dificultad de proteger todos los espacios sin inversión en medidas de seguridad.

El fallo de la Audiencia resalta además una cuestión jurídica recurrente en este tipo de casos: la diferencia entre receptación y delitos contra el patrimonio más graves. Mientras que la receptación sanciona la adquisición y enajenación de bienes procedentes de un delito, los tribunales han sido especialmente rigurosos cuando existen indicios de violencia o fuerza en la apertura de vehículos o puertas. La confirmación de las condenas en Vigo deja claro que la comercialización de objetos robados no quedará impune aunque se alegue desconocimiento de su origen.

Paralelamente, la Administración de justicia ha tenido que resolver otro asunto reciente en el área de Bouzas, estrechamente vinculado al debate sobre cómo tipificar estos hechos. En septiembre de 2024 un individuo accedió a la sacristía de una capilla y se llevó la recaudación, cirios, chocolatinas y botellas de agua. La jueza de lo Penal consideró inicialmente un hurto leve y aplicó una sanción económica, pero la Audiencia, siguiendo el criterio de la Fiscalía, elevó el ilícito a robo con fuerza en establecimiento abierto al público y fijó una pena de dos años de prisión.

La discusión sobre la «llave falsa» y la jurisprudencia

El caso de Bouzas ha traído al debate un tecnicismo jurídico: la magistrada de primera instancia valoró que la llave empleada para abrir la máquina de cirios era «falsa» a efectos normativos, lo que, a su juicio, atenuaba la gravedad del hecho. La Audiencia, en cambio, ha recordado la doctrina del Tribunal Supremo que considera instrumento de fuerza cualquier artilugio distinto de la llave legítima que sea eficaz para abrir una puerta cerrada. Esa interpretación convierte la manipulación en un agravante suficiente para calificar el delito como robo.

La resolución tiene implicaciones prácticas. Por un lado, endurece la respuesta penal frente a quienes utilizan métodos técnicos para acceder a interiores cerrados; por otro, plantea preguntas sobre la proporcionalidad de las penas y sobre la función preventiva del castigo cuando se trata de bienes de escaso valor económico pero alto impacto social y simbólico.

Fuentes judiciales consultadas por este periódico señalan que la Fiscalía ha venido insistiendo en este tipo de calificaciones para frenar la proliferación de hurtos que, en la práctica, suponen una invasión de espacios religiosos y un quebranto para comunidades ya de por sí fragilizadas por la despoblación en el rural gallego y por la menor afluencia de fieles en el entorno urbano.

En el plano policial, la investigación en torno a la venta de objetos robados vuelve a poner el foco en los establecimientos de compraventa. Las tiendas de segunda mano y plataformas de comercio de objetos usados son vías habituales de blanqueo de pequeños botines, y los investigadores reclaman protocolos más estrictos de registro y verificación de procedencia, sin criminalizar a quienes venden piezas de legítima adquisición.

La Diócesis y varias parroquias han empezado a plantearse medidas prácticas: desde el etiquetado y catalogación de piezas de valor hasta la instalación de sistemas de cierre y alarmas en dependencias vulnerables. En barrios como Bouzas, con su marcado carácter marineroy comunitario, la respuesta ha sido más social: reforzar la vigilancia vecinal y la comunicación rápida con las fuerzas de seguridad cuando se detecte movimiento anómalo en horarios nocturnos.

Mirando al futuro, la confirmación de las sentencias en Vigo funciona como un aviso. Para muchas comunidades eclesiales locales, la lección no es solo penal: exige una reflexión conjunta entre ayuntamientos, policía, Diócesis y comercios sobre cómo proteger el patrimonio religioso sin convertir las iglesias en fortalezas impracticables. A falta de una solución única, la combinación de medidas preventivas, controles en el mercado de segunda mano y una actuación judicial firme parece, de momento, la fórmula que marca la agenda en la ciudad.

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Miguel Ángel Vázquez

Redactor especializado en economía y empresas. Cubre la actualidad económica de Galicia y España para Galicia Universal.

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