La defensa del matrimonio acusado de mantener encerrados a sus tres hijos durante casi cuatro años en una vivienda en las afueras de Oviedo aseguró este miércoles que no hubo una detención ilegal sino un aislamiento voluntario motivado por un «miedo insuperable» al covid tras haber pasado una larga enfermedad. La declaración se produjo en la Audiencia Provincial de Oviedo, en la segunda sesión del juicio que se celebra a puerta cerrada, en la que los padres están citados a prestar testimonio en los próximos días. Los letrados defienden que la decisión fue adoptada por los progenitores ante el temor a contagiar a los menores y por dificultades para regularizar su situación en España.
El proceso contra la pareja, detenida tras el hallazgo de los niños en la vivienda, comenzó el martes y este jueves estaban previstas las declaraciones de los progenitores, descritos en la causa como un hombre alemán de 53 años y una mujer de 48 con doble nacionalidad alemana y estadounidense. La investigación, instruida por la Guardia Civil y remitida a la Fiscalía, relata un periodo prolongado de vida en aislamiento dentro del domicilio situado en una zona rural de Oviedo. La noticia desató una gran repercusión mediática y fue portada en informativos con el apelativo de «la casa de los horrores», denominación que la defensa rechaza con contundencia.
En la entrada a la Audiencia, Javier Muñoz, abogado de la pareja, explicó a los periodistas que sus clientes actuaron movidos por un temor irracional pero intenso tras haber padecido covid de forma prolongada, lo que les llevó a confinarse y a optar por la educación domiciliaria de los menores. Según el letrado, esa conducta no constituye por sí misma un delito penal, sino un comportamiento disfuncional explicado por el contexto sanitario vivido por la familia. La defensa pidió evitar etiquetas estigmatizantes y subrayó que, a su juicio, no se produjo una privación de libertad en el sentido penal del término.
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Conoce más →Los otros dos defensores que comparecieron ante los medios fueron Elena González Martínez, abogada del padre, y Javier Guillermo Pereira, letrado de la madre, quienes sostuvieron que los menores, pese a la situación inusual del hogar, tenían libertad de movimiento dentro de la vivienda y no habían sufrido una detención forzada. Los abogados admitieron que en el domicilio había partes desordenadas y acumulación de enseres, pero recalcaron que la presencia de objetos amontonados no equivale a maltrato probado. También señalaron las dificultades idiomáticas y administrativas que, según ellos, explican el mayor aislamiento de esta familia extranjera.
Investigadores y fuerzas policiales, por su parte, describieron en sede judicial condiciones que motivaron la intervención, y algunas informaciones periodísticas destacaron escenas de insalubridad en el lugar. Frente a ello, la defensa insiste en que los niños estaban aseados y no presentaban malformaciones físicas, y en que cuestiones como la falta de escolarización obligatoria pueden constituir, en todo caso, infracciones administrativas y no siempre delitos penales. En la causa constan informes forenses que, según fuentes judiciales, recomiendan medidas orientadas a la protección y la reagrupación familiar antes que únicamente medidas punitivas.
El hecho de que el juicio se celebre a puerta cerrada responde, según la sala, a la necesidad de proteger la intimidad de los menores implicados, un criterio que comparten diversas partes por la delicadeza del asunto. Durante la vista los peritos aportarán valoraciones sobre el estado psicológico y físico de los niños y sobre las consecuencias del aislamiento prolongado en su desarrollo. Esos dictámenes forenses serán determinantes para que el tribunal valore si los hechos encajan en tipos penales como la detención ilegal o si deben prevalecer medidas de carácter socio-familiar encaminadas a la tutela y seguimiento de los menores.
La defensa ha subrayado que la conducta de los padres fue producto de un temor exagerado al contagio y de una enfermedad prolongada que les impidió actuar con normalidad, además de dificultar su situación administrativa en España. En su exposición, los letrados han tratado de enmarcar los hechos en el contexto de la pandemia y de las reacciones extremas que ésta provocó en ciertos colectivos, evitando así que la narrativa pública se reduzca a una caricatura sensacionalista. Aun así, la gravedad de la exposición mediática y las imágenes difundidas han alimentado el debate sobre la protección infantil y la respuesta institucional ante casos de aislamiento doméstico extremo.
El juicio proseguirá con la declaración de los progenitores y con los testimonios de peritos y testigos, y la sala deberá valorar en qué medida las medidas de protección recomendadas por los servicios sociales y los informes forenses son compatibles con la apertura de una causa penal. Mientras tanto, la Fiscalía y las defensas mantienen posiciones contrapuestas sobre la intencionalidad y la culpabilidad de los padres, y el tribunal tendrá que decidir si los hechos constituyen un delito o si la solución prioritaria debe ser la intervención administrativa y la reagrupación de la familia bajo supervisión. La resolución del caso marcará asimismo un precedente sobre cómo se calibran responsabilidades en situaciones extremas relacionadas con la pandemia.
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