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La Fiscalía pide 8 años de prisión para un acusado de abuso sexual en un albergue de Santiago

La Fiscalía pide 8 años de prisión para un acusado de abuso sexual en un albergue de Santiago

La Fiscalía solicita una pena de ocho años de cárcel para un hombre acusado de un delito de abuso sexual cometido en mayo de 2018 en un albergue de Santiago. El escrito del Ministerio Público considera probados los hechos contra la víctima, también adulta, y solicita además medidas de protección de larga duración. El juicio está señalado para el próximo lunes en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, y la Fiscalía pide que las sesiones se celebren a puerta cerrada para preservar la intimidad de la denunciantes.

Además de la pena de prisión, el Ministerio Fiscal reclama que el procesado permanezca impedido de acercarse a menos de 500 metros de la víctima —incluido su domicilio, centro de trabajo o cualquier otro lugar que frecuente— y que se le prohíba comunicarse con ella por cualquier medio durante nueve años. El fiscal solicita también la imposición de seis años de libertad vigilada una vez cumplida la pena privativa de libertad. Como responsable civil, el acusado ha sido reclamado para que indemnice a la víctima con 40.000 euros.

La causa, que trae al banquillo hechos que según la Fiscalía se remontan a mayo de 2018, llega ahora a juicio tras la instrucción judicial correspondiente. La petición de celebración del proceso a puerta cerrada obedece, según el Ministerio Público, a la necesidad de proteger la intimidad de la víctima y evitar perjuicios derivados de la publicidad de las sesiones. La Audiencia Provincial decidirá en la apertura del juicio sobre la adopción efectiva de esa medida.

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El caso ha reabierto el debate sobre la atención a víctimas adultas de delitos sexuales y sobre las garantías procesales en este tipo de procedimientos. Las medidas solicitadas por la Fiscalía combinan penas privativas de libertad con mecanismos de restricción y supervisión posteriores, con el objetivo declarado de evitar el contacto entre denunciado y víctima y asegurar la reparación del daño. Los plazos entre los hechos denunciados y la celebración del juicio reflejan la complejidad y duración habitual de la tramitación penal en causas de esta naturaleza.

La libertad vigilada que se pide tras la condena implica, en la práctica, un seguimiento judicial y restricciones en la conducta y la residencia del condenado; su finalidad es complementar la pena para reducir el riesgo de reincidencia y facilitar la reinserción controlada. Por su parte, la reclamación de indemnización en sede civil persigue la reparación económica por los daños morales y materiales alegados por la víctima, aunque la cuantía podrá ser objeto de debate y prueba en el acto del juicio.

Fuentes judiciales consultadas recuerdan que, por razones de protección de la víctima y del propio proceso, no se han facilitado datos que permitan la identificación de las personas implicadas. Tampoco constan por ahora declaraciones públicas del acusado ni de su defensa sobre las acusaciones formuladas, lo que sitúa la vista oral como espacio para probar los extremos de la acusación y para que la defensa pueda exponer su versión de los hechos.

La celebración a puerta cerrada responde además a la práctica de evitar daños colaterales que puedan afectar a la privacidad y el derecho al honor de las partes, algo que los tribunales suelen valorar especialmente en causas relacionadas con delitos sexuales. La Fiscalía subraya la necesidad de que las medidas procesales garanticen tanto la protección de la víctima como la integridad del procedimiento penal, sin menoscabar el derecho de defensa del acusado.

El desarrollo del juicio, previsto para el próximo lunes en la sede compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña, marcará el punto clave para determinar si las pruebas que aporte la Fiscalía son suficientes para respaldar la petición de condena y las medidas accesorias reclamadas. Informa: Arturo Reboyras.

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Sofía Martínez

Periodista de Galicia Universal.

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