miércoles, 25 de marzo de 2026 | Galicia, España
ÚLTIMA HORA El Concello de Lugo somete a aprobación otro plan parcial en A Cheda que incorpora hasta 300 pisos y un hipermercado
Galego Castelán

La mediación previa reduce los divorcios en Vigo pero abre dudas sobre protección y pruebas

Vigo cerró 2025 con una caída notable de las rupturas que llegaron a los juzgados y un vuelco en el tipo de procesos: los divorcios de mutuo acuerdo ya suponen más del 70% de los casos. La entrada en vigor de la mediación previa obligatoria en abril de 2025 coincide con un descenso estadístico que los órganos judiciales locales atribuyen en buena medida a la exigencia de negociar antes de litigar, aunque la medida trae consigo interrogantes sobre garantías, medios válidos de prueba y el papel de las nuevas tecnologías en los trámites.

La caída de los pleitos y el aumento de los acuerdos

La Sección de Familia del Tribunal de Instancia de Vigo, reordenada junto con otros tribunales con la estructura judicial renovada en enero, registró en 2025 un total de 580 divorcios. Sumando separaciones y procedimientos de parejas de hecho con hijos menores, la cifra asciende a 844 expedientes. Según el balance difundido por el órgano judicial, el conjunto supuso un descenso del 14% respecto al año anterior y, señala la memoria, un 27% menos que en 2024, ejercicio en el que se había superado la barrera del millar.

De esos 580 divorcios, 416 fueron de mutuo acuerdo —es decir, consensuados entre las partes— y únicamente 164 llegaron a calificarse como litigiosos. El resultado es un porcentaje de acuerdos cercano al 72%, una cota que no se alcanzaba en los años recientes: en 2024, por ejemplo, los consensos representaron alrededor del 55%.

CONTENIDO PATROCINADO
Playa Privada Salado Resort

Salado Golf & Beach Resort

Descubre la oportunidad de inversión más exclusiva del Caribe. Villas de lujo con retorno garantizado del 12% anual en Punta Cana.

Conoce más →

La obligación de intentar una negociación previa antes de acudir a la vía judicial, aprobada por ley, se estrenó en la práctica con cierta confusión sobre los medios admitidos para documentar la oferta conciliadora. En los primeros meses, la presentación de burofaxes y otros escritos fue la forma más extendida; después, los tribunales ampliaron la interpretación para evitar lo que los jueces temían fueran criterios excesivamente rígidos que pudieran privar a la ciudadanía del acceso a la justicia.

Qué medios valen y qué se reclama en los recursos

A falta de una estandarización total, la jurisprudencia provincial jugó un papel decisivo. Magistrados de los juzgados de primera instancia dieron validez al burofax como medio susceptible de acreditar la negociación, y ya en 2026 las secciones civiles de la Audiencia Provincial de Pontevedra, incluida la de Vigo, han unificado criterios y han aceptado también mensajes de WhatsApp y SMS como prueba válida de una oferta conciliadora, en ocasiones con la validación del denominado servidor de confianza.

La extensión de medios digitales ha desatascado casos y allanado trámites, pero también ha despertado reservas entre abogados y expertos en familia. Algunos letrados consultados por este periódico señalan que la admisión de mensajes y comunicaciones electrónicas facilita que parejas con menos recursos o con barreras de desplazamiento formalicen ofertas, pero advierten de riesgos cuando hay desequilibrios de poder o antecedentes de violencia. A falta de estadísticas específicas sobre estos supuestos, la comunidad jurídica coincide en reclamar protocolos para verificar la autoría y la voluntariedad de los acuerdos.

“La norma busca evitar pleitos innecesarios y agilizar la respuesta judicial, pero no puede convertirse en un freno para quien necesita protección inmediata”, explica, según fuentes cercanas, un magistrado con experiencia en asuntos de familia.

Otra cuestión que se ha reiterado en los recursos es la exclusión de las medidas provisionales de la negociación previa. Esto significa que asuntos urgentes —guarda y custodia, visitas temporales o pensiones alimenticias— pueden y deben tramitarse de forma separada, evitando que la obligación de mediar impida la adopción de medidas cautelares cuando hay menores implicados.

Impacto en la litigiosidad, el trabajo judicial y el mercado de mediadores

El efecto más inmediato que retratan las estadísticas es la reducción de la litigiosidad civil ordinaria y, de manera destacada, de los procedimientos de familia. Para los juzgados, menos demandas contenciosas se traducen en menor carga de vistas y en una gestión más ágil de los expedientes. Fuentes judiciales en Vigo admiten que la reforma ha aliviado parcialmente el colapso que venía precediendo a la reestructuración de los tribunales.

Al mismo tiempo, la obligatoriedad de negociar ha dinamizado una parcela profesional: los servicios de mediación han aumentado su demanda en la ciudad, y despachos y profesionales especializados han tenido que adaptarse con cursos y protocolos específicos. En una región donde la familia extensa y las redes locales siguen siendo relevantes, no es la primera vez que cambios normativos impulsan el desarrollo de recursos alternativos al pleito.

No obstante, el descenso de los divorcios en sede judicial no equivale necesariamente a menos rupturas ni a una resolución más justa. Especialistas en derecho de familia recuerdan que un acuerdo alcanzado fuera del control inmediato del juez puede contener renuncias o pactos que requieren supervisión posterior para garantizar la protección de menores y de quien pudiera estar en situación de vulnerabilidad.

Entre los retos para 2026 figura, por un lado, la consolidación de criterios probatorios: ¿qué valor tendrán a futuro los mensajes de texto frente a un burofax sellado por una oficina certificadora? Por otro, la necesidad de formar a operadores jurídicos y a mediadores para detectar señales de coacción y para articular medidas complementarias cuando proceda. La Audiencia Provincial ya ha intentado unificar las reglas; los próximos recursos y sentencias irán dibujando el mapa definitivo.

El balance provisional para Vigo deja una lectura positiva en términos administrativos: menos pleitos, más acuerdos y un alivio en la carga judicial. Pero también plantea una advertencia para gestores y legisladores gallegos: promover la resolución extrajudicial es deseable, siempre que vaya acompañada de mecanismos robustos de verificación y de protección a las partes más frágiles. Habrá que vigilar las cifras de 2026 y, sobre todo, los casos concretos que muestren si los acuerdos firmados fuera del juicio respetan el interés superior del menor y la igualdad real entre las partes.

¿Buscas una Inversión Segura?

Salado Golf & Beach Resort te ofrece la oportunidad de invertir en el Caribe con rentabilidad garantizada del 12% anual

Solicitar Información Ahora

Compartir esta noticia

S

Sofía Martínez

Periodista gallega especializada en información local y política. Licenciada en Periodismo por la USC. Redactora jefe de Galicia Universal.

🏴 Galego