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Duelo vecinal en Leiro: a golpes con una silla, un nunchaku y gas pimienta

Duelo vecinal en Leiro: a golpes con una silla, un nunchaku y gas pimienta

El enfrentamiento entre dos vecinos de Leiro, ocurrido a mediados de marzo de 2023 en la parroquia de Vieite, llegó ayer al banquillo de la Sección Penal del Juzgado de Instancia. Según la Fiscalía, la disputa pasó de los reproches a la violencia física: uno de los acusados golpeó con una silla y el otro respondió rociando gas pimienta y arrastrando al rival por el suelo. El juicio, celebrado el 11 de marzo de 2026, quedó marcado por versiones contradictorias de acusados y testigos sobre quién empezó la agresión y cuál fue la intensidad real de los hechos.

La Fiscalía mantiene que fue Abilio Manuel T.D.S. quien propinó empujones a su vecino, tumbándolo en el suelo y agrediéndole con una silla, mientras que Marcial S.M. replicó con un espray de pimienta y forcejeos que terminaron con el arrastre del primero. La diferencia en las lesiones alimenta las acusaciones: el Ministerio Público considera a Abilio autor de un delito de lesiones y solicita para él la pena máxima pedida en la causa. Por su parte, la actuación de Marcial se califica como un delito leve de lesiones, por el que la acusación pública reclama una sanción económica y una indemnización menor.

En la vista oral las versiones se mostraron irreconciliables y no sólo entre los acusados: las tres testigos citadas —la hermana de Abilio, una vecina que se encontraba tomando café y la pareja de Marcial— ofrecieron relatos que se contradicen en puntos clave. Todas ellas prestaron juramento, algunos invocando a Dios o a Santa Elena, pero sus declaraciones coincidieron únicamente en que la relación entre ambos vecinos era tensa desde tiempo atrás. Se aludió a enfrentamientos anteriores por pasos a fincas y a denuncias previas por motivos que las partes calificaron alternativamente de menores o relacionados con la contratación de trabajadores sin papeles.

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Marcial relató ante la jueza que, al llegar al lugar acompañado de su pareja para revisar unas fincas, Abilio se le acercó con actitud amenazante, incluso exhibiendo un artefacto similar a un nunchaku, y le arremetió hasta dejarle en el suelo, donde continuó la agresión golpeándole con una silla. Según su testimonio, sólo roció a su agresor con gas pimienta para defenderse y negó haberle propinado más golpes. Tanto él como su compañera aseguraron bajo juramento que la iniciativa de la violencia fue de Abilio.

Abilio, por contra, atribuyó la agresión a Marcial y explicó que el incidente nació de una discusión previa cuando el coche del otro ocupó un espacio que él consideraba suyo y se recriminaron mutuamente por la presencia de empleados sin contrato. Defendió que sólo sufrió leves irritaciones por el espray y negó haber utilizado una silla como arma o portar un nunchaku. Su versión encaja con la valoración de sus lesiones, que la Fiscalía califica de leves en comparación con las de su vecino.

Las lesiones físicas certificadas son dispares: los peritos y partes médicas recogen que Marcial sufrió un traumatismo facial, múltiples contusiones y fracturas en la escápula y en la muñeca izquierda (fractura de Colles), daños que la acusación considera consecuencia de los golpes con la silla. En cambio, Abilio presentó únicamente un eritema en rostro y cuello atribuido al gas pimienta. Estas diferencias explican que la Fiscalía pida para Marcial una condena económica reducida y para Abilio prisión si se prueba su autoría.

Concretamente, la Acusación Pública solicita para Abilio Manuel T.D.S. una pena de un año y tres meses de prisión y el abono de una indemnización de 1.710 euros a favor de la víctima por las lesiones sufridas. Para Marcial S.M., la petición es de 40 días de multa a razón de 8 euros diarios y una indemnización de 150 euros para resarcir el eritema y las molestias ocasionadas por el espray.

El caso evidencia la dificultad de reconstruir con precisión los hechos cuando las declaraciones chocan y los testigos se posicionan con claridad por una u otra parte. La magistrada deberá valorar la coherencia de los relatos, los informes médicos y cualquier prueba complementaria antes de dictar sentencia, que determinará si la reacción de Marcial fue legítima defensa o un exceso y si la agresión con la silla y el presunto nunchaku constituyen el delito de lesiones que sostiene la Fiscalía. El proceso sigue abierto y la resolución pondrá fin a un conflicto vecinal que, según los comparecientes, venía enquistándose desde tiempo atrás.

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Redacción

Periodista de Galicia Universal.