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Rodolfo Sancho, a juicio por llamar «bipolar» a su exmujer, Silvia Bronchalo

Rodolfo Sancho, a juicio por llamar "bipolar" a su exmujer, Silvia Bronchalo

Rodolfo Sancho se sentará en el banquillo el próximo 16 de abril acusado de un delito leve de vejaciones por mensajes que envió a su exmujer, Silvia Bronchalo. El juicio tendrá lugar en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Alcobendas (Madrid) y se centra en varios mensajes remitidos el 5 de febrero de 2024, en pleno conflicto familiar. La denuncia se presentó después de que la expareja denunciara insultos y expresiones denigrantes en plena disputa sobre la estrategia de defensa de su hijo. El caso llega a la vista oral tras la intervención de la Audiencia de Madrid, que anuló el archivo inicial acordado por la jueza instructora.

Según la acusación, los mensajes enviados por el actor incluían descalificaciones y referencias a la salud mental de Bronchalo, con calificativos que la denunciante consideró vejatorios. La denuncia fue presentada en una comisaría y motivó una investigación en el juzgado especializado en violencia sobre la mujer de Alcobendas. Las comunicaciones se produjeron cuando la familia atravesaba una situación de alta tensión personal y mediática por el proceso en el extranjero en el que estaba implicado su hijo. Prensa Ibérica adelantó la información y desde entonces el asunto ha generado atención por la condición pública del acusado.

La magistrada que instruyó el caso acordó inicialmente el archivo al entender que no había pruebas suficientes de un delito de violencia de género, valorando el contexto en el que se produjeron los mensajes. En su resolución, la jueza estimó que las expresiones habían surgido en un momento de estrés y angustia vinculados al encarcelamiento y al inminente juicio del hijo de la pareja, por lo que consideró que el intercambio había de leerse en clave de confrontación personal. Esa decisión, sin embargo, no puso fin al procedimiento al ser recurrida por la defensa de la víctima.

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Representada por el abogado Luis Ignacio Mateo, la expareja impugnó el archivo ante la Audiencia de Madrid, que revisó el caso y apreció indicios suficientes en al menos un mensaje para ordenar la apertura de juicio oral. Los magistrados consideraron que uno de los mensajes no podía interpretarse solo como una recomendación o consejo y que, por su contenido, podía constituir una vejación susceptible de sanción penal. Esa valoración fue la que dio paso a la convocatoria del juicio en la sede judicial de Alcobendas.

La acusación concreta califica los hechos como un delito leve de vejaciones, figura que en el Código Penal castiga conductas consistentes en trato degradante o humillante hacia otra persona. El trámite judicial que ahora se inicia deberá determinar si los mensajes alcanzan el umbral necesario para ser considerados delictivos y, en su caso, establecer las consecuencias penales o civiles correspondientes. La vista permitirá además la práctica de pruebas y la comparecencia de las partes para reconstruir el intercambio y su contexto.

El trasfondo del enfrentamiento familiar es el proceso judicial que afecta a su hijo, Daniel Sancho, encarcelado en Tailandia y juzgado por la muerte del cirujano Edwin Arrieta. Los mensajes analizados por la investigación datan de apenas dos meses antes de que se celebrara el juicio en el país asiático, un periodo marcado por las discrepancias públicas sobre la estrategia de defensa y la atención mediática sobre el caso. Esa tensión familiar y mediática figura en las actuaciones como elemento que condicionó la comunicación entre los progenitores.

Hasta ahora no consta que ninguna de las partes haya hecho públicas declaraciones recientes sobre la apertura de juicio, y la documentación judicial consultada recoge esencialmente los escritos de denuncia y los autos de archivo y reapertura. En la fase de instrucción, la defensa del actor habría alegado que ciertos mensajes podían interpretarse como intención de aconsejar o alertar sobre un problema de salud, postura que la Audiencia no compartió en su totalidad al ordenar la celebración de la vista. Será la sala quien, en última instancia, determine si existió conducta constitutiva de delito.

El trámite fijado para el 16 de abril supondrá el examen judicial de los intercambios y la valoración de su alcance penal en un asunto que mezcla conflicto privado y repercusión pública por la notoriedad de los involucrados. La causa se suma a otros capítulos mediáticos que han rodeado a la familia y que obligan a separar, en la sala, la discusión sobre el contenido de los mensajes del debate sobre las circunstancias personales que los motivaron. La vista servirá para dirimir si las palabras empleadas constituyeron una vejación punible o formaron parte de un enfrentamiento marcado por la presión y la angustia del momento.

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Sofía Martínez

Periodista de Galicia Universal.

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