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Acusado de maltratar y vejar repetidamente a su pareja se enfrenta a más de 12 años de prisión

Acusado de maltratar y vejar repetidamente a su pareja se enfrenta a más de 12 años de prisión

La Audiencia Provincial de Pontevedra celebra el próximo martes, 17 de marzo de 2026, la audiencia preliminar contra un hombre acusado de agredir, controlar e insultar de forma reiterada a la que fue su pareja durante una relación de menos de un año. La Fiscalía solicita penas que suman más de doce años de cárcel y considera los hechos constitutivos de maltrato habitual, cuatro delitos de maltrato físico y un delito de lesiones, con las agravantes de género y de parentesco. La vista de preparación está orientada a explorar un posible acuerdo entre las partes; si no se alcanza, el proceso seguirá con la apertura de juicio oral. El caso se sigue en los órganos penales de Pontevedra y recoge varios episodios de violencia denunciados por la víctima.

Según el escrito de acusación, la pareja convivió alternativamente en los domicilios de ambos a lo largo de la relación y, durante ese tiempo, el acusado sometió a la mujer a un patrón de conductas de control y humillación. Fiscalía relata continuos insultos y acciones degradantes además de la sustracción o vigilancia del teléfono móvil y la limitación de sus movimientos, elementos que integran, a juicio del Ministerio Público, el delito de maltrato habitual. En el documento se describen, de forma pormenorizada, cinco episodios concretos en los que la mujer sufrió agresiones que le causaron lesiones de consideración.

En algunos de esos episodios la violencia se produjo a solas y en otros delante de terceros, según la acusación, lo que refuerza la calificación del comportamiento como reiterado y sistemático. Las lesiones ocasionadas en las distintas agresiones se califican en el escrito como «importantes», sin que en la nota fiscal se detallen los partes médicos en el sumario público. La Fiscalía añade las agravantes de género y de parentesco al entender que la relación sentimental y la condición de pareja incrementan la responsabilidad penal del procesado.

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La audiencia preliminar convocada tiene como objetivo facilitar un acuerdo entre las partes que evite la celebración de un juicio oral, trámite habitual en procesos penales para depurar puntos de conformidad o reducir la duración del procedimiento. Si no se alcanza un pacto, los magistrados señalarán fecha para la vista en la que se ventilarán las pruebas propuestas por acusación y defensa. En este tipo de vistas previas también se revisan las medidas cautelares, como posibles órdenes de alejamiento o la imposición de fianzas cuando proceda.

Fuentes judiciales consultadas señalan que la acusación pública ha articulado su petición de pena en función de la concurrencia de varios delitos distintos —maltrato habitual, maltrato físico en cuatro casos y lesiones— y de las circunstancias agravantes. La suma de las penas solicitadas por la Fiscalía supera los doce años de prisión y responde a la acumulación de hechos que se detallan en el escrito de acusación. Por el momento no consta en la documentación pública la identidad del encausado ni la presentación de diligencias de prueba por parte de la defensa más allá de los términos habituales en esta fase procesal.

Para la víctima, el proceso judicial es la vía para reclamar la tutela penal frente a lo que la acusación describe como un patrón sostenido de violencia psicológica y física. Los hechos relatados ponen de manifiesto, según los fiscales, la utilización de control y humillación como métodos de sometimiento, prácticas que en la jurisprudencia reciente se integran en la figura del maltrato habitual cuando existen reiteración y continuidad. En estos procedimientos, la prueba médica y el testimonio de testigos suelen ser piezas clave para acreditar la verosimilitud de las lesiones y el contexto de las agresiones.

Organizaciones y tribunales subrayan la importancia de las medidas de protección durante todo el proceso para garantizar la seguridad de la presunta víctima, desde órdenes de alejamiento hasta la asistencia social especializada cuando proceda. En el caso que se juzga en Pontevedra, la existencia de episodios en los que la agresión se produjo ante otras personas podría facilitar la aportación de testimonios presenciales que complementen los partes sanitarios. Las resoluciones que adopte la Audiencia en la fase preliminar marcarán el calendario y el alcance probatorio del eventual juicio.

La vista del martes servirá, en resumen, para decidir si las partes alcanzan un acuerdo que ponga fin anticipadamente al procedimiento o para fijar los términos del juicio oral que determine la responsabilidad penal del acusado. Mientras tanto, la causa sigue abierta y el proceso judicial continuará su curso en la sección penal de la Audiencia Provincial de Pontevedra, donde se valorarán los cargos por maltrato habitual, los delitos de maltrato físico y el delito de lesiones con las agravantes formuladas por la Fiscalía.

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Sofía Martínez

Periodista de Galicia Universal.

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