La exdirigente de ETA Soledad Iparraguirre, conocida como ‘Anboto’, salió esta mañana pasadas las diez de la cárcel de Martutene (San Sebastián) tras acceder el Gobierno Vasco a concederle un régimen de semilibertad en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Podrá salir de prisión de lunes a viernes para trabajar o realizar labores de voluntariado, pero deberá volver a dormir al centro penitenciario.
Salida protegida y primera jornada fuera del módulo
El momento de la salida estuvo marcado por la discreción y la tensión. Alrededor de una decena de personas aguardaban a las puertas del centro y se colocaron frente a la exmilitante para evitar que su imagen fuera captada por los medios. Vestida con gafas de sol oscuras, una cazadora verde y vaqueros, se abrazó con algunas de quienes la esperaban y minutos después se subió a un coche que la alejó de Martutene.
El régimen que ahora disfruta Anboto no es una libertad plena. La aplicación del artículo 100.2 permite a internos cumplir parte de su jornada fuera de la prisión, pero exige la entrega de un «plan de ejecución» que acredite la actividad laboral o voluntaria, con horarios concretos que deben respetarse. Fuentes penitenciarias consultadas recuerdan que ese documento es la pieza clave para monitorizar la reincorporación social y que su incumplimiento puede dar lugar a la revocación del régimen.
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Conoce más →La concesión del régimen, dictada por la administración penitenciaria del Gobierno Vasco, ha reactivado el debate público sobre las medidas de semilibertad aplicadas a miembros de la antigua organización armada. Aún no hay comunicación oficial detallada sobre la naturaleza exacta del proyecto laboral o de voluntariado que sustenta el plan de ejecución presentado por Iparraguirre.
Antecedentes y recorrido de una figura clave en ETA
Soledad Iparraguirre (Eskoriatza, 1961) fue detenida en octubre de 2004 en Francia, en una localidad del departamento de los Pirineos Atlánticos, junto a Mikel Albisu, conocido como ‘Antza’. La operación policial desmanteló una vivienda en la que ambos vivían desde hacía años con su hijo, y en ese momento Iparraguirre estaba señalada por las fuerzas de seguridad como presunta responsable del aparato de extorsión de la banda.
Procesos judiciales posteriores la llevaron a ser condenada a 793 años y 8 meses de prisión, y se la vincula, según asociaciones de víctimas y resoluciones judiciales, con 14 asesinatos. Pese a las elevadas penas, la jurisprudencia y la normativa penitenciaria española contemplan vías de progresión de grado y medidas como el 100.2, destinadas formalmente a favorecer la reinserción cuando concurren determinadas circunstancias.
En 2018, Iparraguirre desempeñó un papel público inesperado al dar voz, junto a Josu Urrutikoetxea —conocido como ‘Josu Ternera’—, al comunicado en el que ETA anunciaba su disolución. Aquella intervención fue un hito que supuso, simbólicamente, el fin de una etapa; sin embargo, para muchas víctimas no fue suficiente para cerrar heridas que llevan décadas abiertas.
Reacciones, precedentes y el pulso entre reinserción y memoria
La respuesta de las asociaciones de víctimas no se hizo esperar. El Colectivo de Víctimas del Terrorismo, Covite, tildó la concesión de «escandaloso e injustificable» y recordó el «historial criminal de extrema gravedad» que acompaña a la exdirigente. Su voz se suma a la de otros colectivos que ven con alarma que personas condenadas por delitos de terrorismo accedan a regímenes que implican movilidad y cierta cotidianidad fuera de prisión.
«Escandaloso e injustificable»
Este caso se produce tras otra decisión similar en febrero, cuando el régimen de semilibertad se concedió a Garikoitz Aspiazu, ‘Txeroki’, exjefe militar de ETA, lo que avivó las críticas de asociaciones de víctimas y de sectores políticos que reclaman mayor cautela y transparencia en la concesión de estas medidas.
La tensión es patente: por un lado, la normativa penitenciaria y los informes técnicos pueden avalar programas de reinserción cuando el recluso cumple requisitos; por otro, el sentimiento de impunidad entre muchas víctimas y familias de asesinados en atentados sigue vivo. En la sociedad vasca y en el conjunto del país es una tensión que se expresa periódicamente, con ecos también en comunidades como Galicia, donde el recuerdo de las décadas de violencia forma parte de la memoria colectiva y donde organizaciones sociales siguen pendientes de cualquier decisión que parezca rebajar la percepción de justicia.
Legalmente, la aplicación del 100.2 exige un seguimiento por parte de los servicios penitenciarios y, en muchos casos, la coordinación con los servicios sociales y de empleo. En la práctica, la efectividad de esos controles depende de recursos y de la voluntad institucional para intervenir en caso de incumplimiento. A falta de información pública sobre el plan específico de Iparraguirre, las asociaciones han pedido transparencia sobre los criterios seguidos por la administración vasca.
Más allá de los aspectos jurídicos, la concesión reabre un debate moral y político. Para algunos, el acceso a medidas de semilibertad forma parte del camino hacia la normalización democrática y la superación del pasado violento; para otros, supone una afrenta a la dignidad de las víctimas y un mensaje erróneo sobre la respuesta del Estado frente al terrorismo.
En los próximos meses se comprobará si el plan de ejecución presentado por Soledad Iparraguirre se traduce en actividad laboral o social real y si las autoridades penitenciarias mantienen un control estricto del régimen. La sociedad vasca y el conjunto del país vigilan, divididos entre la exigencia de justicia y la apuesta por la reinserción, mientras que en Galicia, como en otros territorios, la noticia será recibida con la mezcla de sensibilidad histórica y prudencia que caracteriza a quienes guardan memoria de aquellos años convulsos.
Sea cual sea el desenlace, la salida de Martutene de ‘Anboto’ no es solo un episodio carcelario: es un reencuentro con un país que aún debate cómo cerrar las heridas del pasado sin renunciar a las reglas del derecho y al imperativo de reparación para las víctimas.
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