La nueva presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), María Azucena Recio González, ha ordenado el traslado forzoso del magistrado Luís Villares desde la sección tercera, que instruye asuntos sobre parques eólicos, a la sección cuarta. El acuerdo, fechado el 12 de marzo de 2025 y comunicado a las partes en los últimos días, incluye también el desplazamiento de la magistrada María Dolores López López. La decisión ha abierto un choque institucional: asociaciones judiciales advierten de un posible atentado contra la independencia y el equilibrio interno de la Sala.
La medida y sus argumentos formales
Según el documento de reestructuración, la presidenta justifica los traslados en dos ejes: la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la imparcialidad en casos concretos en los que participó Villares y la necesidad de reorganizar las secciones atendiendo al volumen y tipo de procedimientos. El acuerdo subraya que la revisión del Supremo permitió cuestionar la imparcialidad del magistrado, y añade que la reordenación reforzará el funcionamiento de la Sala.
El movimiento afecta a mitad de la composición de la sección tercera —dos de sus cuatro magistrados— y la sustituye por dos jueces incorporados recientemente a la sección cuarta. El nombramiento supone, además, un vuelco sensible en la práctica diaria: la sección tercera venía asumiendo las autorizaciones administrativas de parques eólicos, la tramitación de suspensiones cautelares de obras y asuntos de contratación pública como la concesión del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.
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Conoce más →En paralelo, el acuerdo recuerda que contra esta decisión cabe interponer recurso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el plazo de un mes. Fuentes internas del tribunal señalan que la norma interna favorece, en condiciones normales, los traslados por concurso voluntario cuando hay vacantes; la vía empleada ahora es de carácter gubernativo y no consultó previamente a los presidentes de sección ni a los afectados.
La circunstancia adquiere mayor carga simbólica porque Recio y Villares aspiraban a la misma presidencia. La orden de traslado incorpora así una referencia explícita a valoraciones judiciales sobre la parcialidad del magistrado —hecho en el que el Supremo anuló en los primeros meses del año tres sentencias vinculadas a la concesionaria del Álvaro Cunqueiro— y a la conveniencia de equilibrar la carga procesal entre secciones.
Antecedentes y la tensión sobre los parques eólicos
No es nuevo que el tratamiento judicial de las infraestructuras energéticas en Galicia haya estado politizado. En los últimos años, resoluciones del TSXG sobre autorizaciones eólicas han provocado reacciones de la Xunta, del sector empresarial y de movimientos ecologistas y vecinales. La sección que ahora se reconfigura ha sido objeto de atención mediática y de críticas públicas por parte de cargos institucionales, según recuerdan las asociaciones profesionales.
El trasfondo combina varias capas: la transición energética y la dispersión territorial de los proyectos, la sensibilidad sobre el paisaje y el uso del suelo en comarcas como la Mariña lucense o el interior ourensano, y la litigiosidad administrativa que genera permisos, autorizaciones y suspensiones cautelares. En ese escenario, las resoluciones judiciales actúan con frecuencia como árbitro último, y cualquier alteración en la composición de las salas adquiere repercusiones prácticas inmediatas.
Juezas y Jueces para la Democracia ha mostrado su alarma por los «inusuales» traslados forzosos. En su comunicado, la asociación apunta al «desmantelamiento» de la sección tercera al desplazar a dos de sus cuatro integrantes y reprocha la ausencia de criterios transparentes en la decisión. La entidad asegura que las recusaciones referidas por el Supremo sobre Villares son «habituales en la vida normal de los tribunales» y que no justifican una extensión automática a toda la materia que veía esa sección.
«Estos acuerdos gubernativos de la nueva presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo suponen de facto deshacer la composición de un órgano judicial que venía resolviendo asuntos de materias concretas. Aparta a la mitad de las personas que componían esa Sección»,
dijo la asociación, que también criticó la falta de audiencia previa a los afectados y recordó que ninguno de los trasladados tiene experiencia previa en algunas de las materias que ahora deben asumir, lo que puede provocar disfuncionalidades iniciales.
Repercusiones prácticas y próximo escenario
A corto plazo, el traslado puede traducirse en demoras procesales: los nuevos integrantes de la sección tercera deberán familiarizarse con el complejo entramado administrativo y técnico que implican los expedientes eólicos, y la rotación interseccional reduce la especialización acumulada. Ese efecto tiene ya nombre propio en el territorio: decenas de proyectos permanecen paralizados por medidas cautelares que dependen de decisiones judiciales rápidas y técnicas.
En términos institucionales, la controversia avanzará por dos vías. Una, el recurso al CGPJ anunciado por las partes que se sientan agraviadas o por colectivos que denuncian la arbitrariedad. Dos, la posible respuesta política: partidos autonómicos y actores económicos que han venido presionando sobre la cuestión eólica colocarán el asunto en la agenda pública, como ya ocurrió con críticas previas a fallos del TSXG. La combinación puede empañar la percepción de independencia judicial en Galicia si no se gestionan con transparencia los pasos siguientes.
Desde la práctica forense, algunos abogados consultados en Santiago admiten preocupación por la fórmula usada: un consenso interno mediante concurso suele preservar la especialización y la estabilidad, mientras que los cambios gubernativos rápidos pueden provocar litigiosidad añadida, impugnaciones y recursos incidentales que frenan aún más la maquinaria judicial.
Mirando más lejos, este episodio es una prueba para la gobernanza del propio TSXG. La nueva presidenta, con menos de un mes al frente cuando adoptó la medida tras tomar posesión el 6 de marzo, optó por un ajuste inmediato que, según sus boletines, persigue el «buen funcionamiento» de la Sala. Para sectores judiciales críticos, la medida expone la fragilidad de la confianza pública cuando las reestructuraciones se perciben como vinculadas a presiones políticas o mediáticas.
La pelota queda ahora en el tejado del CGPJ y del propio Tribunal Superior: la apelación administrativa, y quizá nuevos pronunciamientos jurisprudenciales, marcarán si esta reconfiguración es un episodio puntual de corrección organizativa o el inicio de una mayor politización en la gestión de las salas que deciden sobre energía y contratos públicos en Galicia. Mientras tanto, comarcas y promotores miran con atención: la resolución tendrá efectos tangibles sobre inversiones, empleo y el día a día de proyectos que ya llevan años de tramitación y conflicto.
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