Un conflicto entre vecinos en el centro de Pontevedra ha escalado hasta el Tribunal Supremo, donde se dirimirá si el hostigamiento sistemático a una pareja —con gritos como «Mortadelo» o «cancerígena»— constituye un delito de acoso. Los afectados, residentes en el mismo edificio de la calle Virxinia Pereira, junto al conservatorio municipal, alteraron sus rutinas para evitar a quien consideran su acosadora, llegando incluso a tomar medicación por el estrés generado.
Lo cierto es que este tipo de disputas, que suelen resolverse en comisarías o juzgados locales, rara vez llegan a la máxima instancia judicial. La decisión del Supremo subraya la gravedad de un caso en el que la convivencia vecinal se quebró por completo. La calle Virxinia Pereira, una vía céntrica con edificios de viviendas y comercios, se convirtió en escenario de encuentros forzados que terminaban en insultos y amenazas veladas. La situación se prolongó durante meses, hasta que los afectados optaron por presentar una denuncia formal.
De la tienda a la puerta del ascensor: el acoso se extendió por espacios públicos
Nadie se esperaba que un simple roce vecinal derivara en una escalada de hostilidad. Según las fuentes judiciales, la persona investigada dirigía sus ataques no solo contra la pareja en su edificio, sino también en lugares como supermercados o espacios abiertos. Los gritos, que incluían términos despectivos y burlas sobre la salud de una de las víctimas, no eran esporádicos: se repetían con una frecuencia que hizo insostenible la vida cotidiana para los afectados.
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Conoce más →Un responsable del sector legal municipal explicó que estos casos suelen empezar con quejas por ruidos o límites difusos de convivencia, pero rara vez escalan a este nivel. Lo llamativo aquí es la persistencia del acoso y su impacto psicológico. Los vecinos afectados, que hasta entonces llevaban una vida normal en el corazón de Pontevedra, tuvieron que modificar sus horarios, rutas e incluso evitar salir de casa en ciertos momentos. La medicación que mencionan las fuentes judiciales apunta a cuadros de ansiedad graves, algo que los tribunales deberán valorar al dictar sentencia.
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Ver servidores VPS →La calle Virxinia Pereira, flanqueada por el conservatorio y bloques de viviendas de los años 80, es un microcosmos de la Pontevedra más castiza. Ahí, entre el bullicio de los estudiantes y el trasiego de los vecinos, se tejieron los episodios que ahora examinará el Supremo. No es la primera vez que un conflicto local trasciende los límites del sentido común, pero sí uno de los pocos que llega tan alto en la jerarquía judicial.
¿Por qué el Supremo? La gravedad que obliga a mirar más allá de lo local
La remisión del caso a la instancia superior no es casualidad. Los tribunales inferiores ya habían condenado a la investigada por delitos menores, pero la defensa recurrió, argumentando que no había pruebas suficientes de acoso continuado. Sin embargo, las fuentes judiciales señalan que el expediente recoge testimonios de vecinos que presenciaron los gritos, grabaciones de audio y certificados médicos que avalan el daño psicológico sufrido por las víctimas.
Conviene recordar que el acoso vecinal no está tipificado como delito autónomo en el Código Penal, sino que se encuadra en figuras como las amenazas o las coacciones. Precisamente por eso, el Supremo tendrá que determinar si los hechos encajan en alguno de estos tipos y, sobre todo, si la repetición de conductas hostiles —sumada al contexto de proximidad geográfica— configura un patrón delictivo. La fiscalía ya ha solicitado una pena de prisión para la investigada, lo que añade presión al fallo.
Información adelantada en exclusiva por La Voz de Galicia.
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