La Audiencia Nacional ha rechazado por tercera vez la petición para que la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) haga públicos los nombres de los miembros que discreparon del denominado «informe Pitanxo». La resolución, dictada por el magistrado ponente Carlos Francisco Fraile y fechada a finales de marzo de 2026, confirma la línea marcada por un auto del Juzgado de Instrucción número 2 del pasado 18 de diciembre y por una primera resolución del Alto Tribunal el 2 de febrero.
Qué ha decidido el tribunal y por qué
En el auto que deniega la entrega y divulgación de los votos particulares, la Audiencia Nacional parte de la misma premisa que ya motivó sus resoluciones anteriores: los votos discrepantes y los documentos que los sustentan poseen una naturaleza eminentemente pericial y técnica, por lo que su valoración y utilización corresponde al trámite de la vista oral. El tribunal recuerda que los recurrentes —el armador Grupo Nores, el capitán investigado, Juan Padín, y otras personas físicas— alegaron vulneración del derecho a la utilización de los medios de prueba consagrado en el artículo 24.2 de la Constitución Española.
Sin embargo, la Sala entiende que esa argumentación no justifica la incorporación inmediata de esos documentos al proceso en fase de instrucción. «Denegar esa diligencia carece de justificación y no lesiona gravemente el derecho de defensa», recoge el auto en uno de los extractos incorporados a la resolución, que insiste en que la exploración pericial debe realizarse «durante la celebración del juicio» en la «cualidad que se estime más adecuada a los intereses procesales de cada una de las partes».
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Conoce más →El secretario de la Ciaim, según han expuesto los letrados de la defensa, reconoció que existieron votos particulares que discrepaban de la versión mayoritaria del informe. Esos votos, de acuerdo con la argumentación de los investigados, serían fundamentales para poder encargar periciales que complementen o rebatran algunos de los fundamentos técnicos que apuntan a una maniobra negligente y a la sobrecarga de la embarcación.
Antecedentes y memoria del siniestro
El naufragio del Villa de Pitanxo, ocurrido el 15 de febrero de 2022, se saldó con la muerte de 21 de los 24 tripulantes. A raíz del siniestro, la investigación administrativa de la Ciaim concluyó, en términos generales, que hubo fallos operativos y de seguridad: el informe apuntó a la maniobra del capitán y la existencia de irregularidades en la operativa del buque. No obstante, fuentes vinculadas al procedimiento han insistido en que no hubo unanimidad entre los expertos que integran la comisión, y que varios miembros emitieron votos particulares contrarios a la conclusión mayoritaria.
Hay que recordar, además, que en octubre de 2022 salió a la luz que Capitanía Marítima había prohibido al Villa de Pitanxo faenar en aguas donde se forman hielos desde marzo de 2018, una circunstancia que entró en el debate sobre la idoneidad del buque y la seguridad de su explotación. Ese dato alimentó desde el primer momento la polémica social en Vigo y en buena parte de las rías gallegas: la pesca industrial y la flota de cerco son pilares económicos de la comunidad, y la tragedia abrió interrogantes sobre controles, responsabilidades y transparencia.
Repercusiones procesales y políticas
Para los familiares de las víctimas y para buena parte de la opinión pública gallega, la negativa a conocer quiénes discreparon del informe supone una nueva piedra en el camino hacia la claridad. Las escasas certezas sobre la cadena de decisiones que precedieron al siniestro —desde la condición del barco hasta las instrucciones de seguridad— alimentan la percepción de opacidad que ya rodea a otros procesos en los que están implicadas grandes empresas pesqueras.
Desde la perspectiva de la defensa, la resolución del tribunal obliga a esperar al juicio para poder ejercer plenamente el derecho a la prueba. Los abogados de Padín y del armador sostienen que la imposibilidad de acceder a esos votos particulares produce «una clarísima indefensión material», porque impide encargar periciales que erijan una línea alternativa a la que fija el informe mayoritario de la Ciaim.
En el terreno jurídico, la decisión también marca el calendario procesal: el juicio por el Villa de Pitanxo aún no tiene fecha, según confirman fuentes judiciales en Vigo, y la batalla por la documentación pericial podría trasladarse a la vista oral, donde la práctica probatoria y las contrapericias suelen dilatar los plazos. No es descartable que, una vez fijada la fecha de la vista, se reabran peticiones de medidas cautelares o incidentes de prueba en un intento de forzar la aportación de materiales técnicos antes de la declaración de testigos y peritos.
En términos políticos, la cuestión vuelve a poner en el foco la relación entre autoridades marítimas, armadores y comunidades pesqueras. Galicia, acostumbrada a ceremonias en los puertos y homenajes a las tripulaciones, ha visto cómo monumentos y actos recuerdan a las víctimas; una de las imágenes que aún perduran es la de familiares frente a los monolitos en memoria del barco, como captó el fotógrafo Salvador Sas en uno de esos homenajes.
Mirando al futuro, la falta de unanimidad en la Ciaim y la negativa de la Audiencia Nacional a divulgar los nombres de los disidentes plantean una disyuntiva básica: optar por el procedimiento estricto y reservar la polémica para el estrado judicial, o buscar fórmulas alternativas de transparencia que, sin vulnerar las garantías procesales, permitan dar respuesta a las demandas sociales. De momento, la decisión del Alto Tribunal sitúa la contienda en el calendario del proceso penal y deja la cuestión de la información técnica para cuando se puedan contraponer peritajes en igualdad de condiciones.
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