viernes, 13 de marzo de 2026 | Galicia, España
ÚLTIMA HORA Miguel Ángel Quintela: «No existen las dietas ni los alimentos milagro para el cáncer»
Galego Castelán

El juzgado archiva el ataque a la septuagenaria en Mos que trataron de quemar con ácido

El juzgado archiva el ataque a la septuagenaria en Mos que trataron de quemar con ácido

El Juzgado de Primera Instancia de Porriño ha decretado el archivo de la causa abierta por la agresión con ácido sufrida por una mujer de 70 años">mujer de 70 años en Mos la noche del 5 de enero de 2025, conocida como la víspera de Reyes. La decisión se apoya en que tanto la víctima como el único investigado, su hijo, renunciaron a declarar y en la ausencia de testigos que permitieran sostener la acusación. Los hechos ocurrieron en una vivienda de Camiño Martizas, en la parroquia de Tameiga, según la instrucción judicial.

La mujer presentó quemaduras en aproximadamente el 35% de su cuerpo y un traumatismo craneoencefálico tras la agresión, según el parte médico al que ha tenido acceso la instrucción. Aquella noche la Central de Coordinación de Urxencias Sanitarias recibió una llamada de la víctima, «muy agitada», que contó que había recibido un golpe en la cabeza y que el agresor, que había quedado en la casa, podría portar un cuchillo. Los servicios sanitarios y la Guardia Civil se personaron en el domicilio tras la alerta, donde se hallaron señales de violencia y restos compatibles con el uso de un corrosivo.

El detenido, un joven de 28 años con historial de problemas psiquiátricos, trató de arrojarse por una ventana cuando acudieron los agentes, según consta en la instrucción. Fue detenido como único investigado por la Guardia Civil y permaneció vinculado al caso durante la instrucción, aunque siempre sin prestar declaración. La causa ha estado en manos del mismo tribunal durante aproximadamente un año hasta que la magistratura ha acordado el sobreseimiento provisional.

CONTENIDO PATROCINADO
Playa Privada Salado Resort

Salado Golf & Beach Resort

Descubre la oportunidad de inversión más exclusiva del Caribe. Villas de lujo con retorno garantizado del 12% anual en Punta Cana.

Conoce más →

La resolución judicial subraya que el investigado se amparó en su derecho a no declarar, mientras que la víctima expresó su voluntad de no testificar en contra de nadie, por lo que los elementos probatorios existentes no alcanzaban para sostener un procedimiento penal. Ante la falta de testimonios ajenos a los protagonistas y sin nuevas pruebas que acreditaran la autoría de los hechos, el juzgado optó por archivar la causa por insuficiencia probatoria. El cierre del procedimiento no equivale a una declaración de inocencia, sino a la falta de elementos para seguir adelante.

Durante las primeras pesquisas se acordó también el precinto de la vivienda afectada y se practicaron diligencias para recabar vestigios y muestras que permitieran identificar la sustancia empleada, pero esas pruebas no fueron suficientes para reconstruir con certeza el hecho imputable a terceros. La instrucción incluyó la toma de informes médicos y forenses y las comparecencias de los agentes que intervinieron, sin que emergieran testigos que vincularan de forma directa al investigado con la aplicación del ácido. Por ello, el tribunal concluyó que no concurrían indicios racionales para sostener la continuidad del procedimiento penal.

Este caso se inscribe en una serie de sucesos violentos ocurridos en la provincia de Pontevedra en los últimos años en los que la enfermedad mental ha figurado como factor relevante, según relatan fuentes judiciales y policiales. Entre los episodios citados por las autoridades están varios homicidios y agresiones graves en los que los autores presentaban trastornos psiquiátricos o problemas de salud mental documentados, lo que ha reabierto el debate sobre la atención y el seguimiento de estas personas. Los profesionales consultados en otros procedimientos subrayan la dificultad que suponen los vacíos probatorios cuando las víctimas no desean declarar o los imputados se acogen a sus derechos procesales.

Desde el punto de vista jurídico, el archivo de la causa no impide que la investigación se reabra si aparecen nuevas pruebas o testigos que permitan acreditar la autoría de los hechos. Fuentes judiciales explican que el sobreseimiento provisional es una figura habitual cuando la evidencia disponible resulta insuficiente, y que la reapertura depende de elementos nuevos y relevantes. Mientras tanto, las actuaciones quedarán archivadas y la mujer superviviente afronta el proceso de recuperación con las secuelas físicas que le provocó la agresión.

La resolución ha generado inquietud entre vecinos y colectivos que trabajan con víctimas de violencia, que reclaman protocolos más claros de protección y acompañamiento para personas vulnerables y mayores. La investigación demostró, según los expedientes, la complejidad de intervenir en entornos rurales y con protagonistas que presentan problemas de salud mental, una combinación que complica a menudo la labor policial y judicial. El archivo pone de manifiesto las limitaciones del sistema penal para esclarecer y sancionar algunas agresiones cuando faltan declaraciones y pruebas concluyentes.

¿Buscas una Inversión Segura?

Salado Golf & Beach Resort te ofrece la oportunidad de invertir en el Caribe con rentabilidad garantizada del 12% anual

Solicitar Información Ahora

Compartir esta noticia

S

Sofía Martínez

Periodista de Galicia Universal.

Lo más leído

  1. 1 Actualidad: Alineaciones Probables del Levante – Betis de Laliga ea Sports 2025-26: Onces y Banquillo de Suplentes
  2. 2 Santiago inaugura el mayor hospital público de Galicia tras una inversión de 500 millones
  3. 3 La flota podrá utilizar números en cifras para bautizar sus barcos: se permitirá rotular «Pesquero 2» en vez de «Pesquero Dos»
  4. 4 El Camino de Santiago registra cifras récord en February 2026
  5. 5 Análisis: Cuánto Dinero Cobra un Piloto de Ryanair en 2025: Sueldo Base y Complementos