Pocas veces un sumario levanta tantas expectativas en el corazón de la ciudad de As Burgas. La Sección de Instrucción de Ourense ha dado un paso decidido hacia adelante, dejando la situación legal del primer edil en una encrucijada de difícil resolución. El titular del juzgado ha concluido la fase de investigación de unas diligencias que indagan en el presunto ejercicio simultáneo de funciones públicas y negocios privados. Demasiado tiempo en el aire.
Quien ocupa la primera vara de la capital provincial desde el 15 de junio de 2019 se enfrenta ahora a un muro jurídico de considerable entidad. Fuentes judiciales confirman que el auto dictado en las Diligencias Previas número 674/2025 atribuye al regidor un delito continuado de prevaricación administrativa. El motivo central no es otro que su negativa a solicitar el preceptivo permiso para compaginar su rol institucional con la gestión de una empresa de comunicación. A nadie se le escapa que la gravedad de esta acusación salpica directamente la credibilidad de las instituciones locales.
La sombra de la incompatibilidad y el control mediático
Ahí está la clave de este embrollo jurídico y político. Conviene recordar la Ley de 1984, norma de obligado cumplimiento que regula los valores patrimoniales y los límites estrictos del desempeño simultáneo de actividades en el sector público. Basta con mirar el expediente para constatar una realidad flagrante: el actual inquilino del Paseo, además de ostentar la máxima representación municipal en régimen de dedicación exclusiva, es propietario y único responsable de una cadena de televisión local. La coexistencia de ambos roles, amparada en el silencio administrativo y sin el aval legal pertinente, choca de pleno contra la normativa vigente.
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Ver en Hotels.com → PublicidadNadie debería poder ejercer de juez y parte en la información municipal. Y menos aún cuando la ley prohíbe de manera expresa acumular cargos de tanta responsabilidad sin el debido control. Lo cierto es que mantener la propiedad de un medio de comunicación mientras se gobierna una ciudad de más de cien mil almas plantea dudas más que razonables sobre la imparcialidad informativa y el uso que se puede hacer de las instituciones. No parece casualidad que el instructor haya puesto el foco precisamente en esta intersección tóxica entre el poder político y los intereses empresariales.
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Difícil entender la dimensión real de este caso sin poner los ojos en las cuentas públicas. No es menor el dato que rodea a esta presunta trama de incompatibilidades. El magistrado instructor subraya en su resolución que el máximo representante local venía cobrando un sueldo bajo el paraguas de la exclusividad. Un salario sustancioso al que, de haberse tramitado la compatibilidad de forma legal y haber sido denegada —como dicta la lógica de la normativa—, no tendría ningún derecho. El desequilibrio resulta evidente y contundente. El erario público ourensán ha podido sufrir un menoscabo directo durante todos estos años de mandato ininterrumpido.
La actitud del regidor, según se desprende del relato de hechos, no admite demasiadas lecturas optimistas. El auto apunta a que actuaba a sabiendas de la ilegalidad que suponía su situación. Es decir, conocía la obligación legal de pedir permiso y decidió ignorarla por completo. La figura de un alto cargo municipal cobrando de las arcas públicas mientras gestiona negocios privados ajenos a esa dedicación exclusiva dibuja un escenario bastante turbio. La omisión deliberada de sus deberes legales convierte la presunta irregularidad en un elemento central de la acusación.
El juzgado acota el caso y evita maniobras dilatorias
Frenar en seco cualquier intento de alargar el procedimiento era una prioridad para el tribunal. El juez ha decidido cerrar la fase de instrucción, tumbando de plano la posibilidad de practicar nuevas testificales y rechazando de pleno la document
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