La decisión de la Audiencia Provincial de Ourense de mantener en prisión provisional a los dos investigados por el presunto piso de explotación sexual desmantelado en la calle Emilia Pardo Bazán deja ver algo más que una simple ratificación de medidas cautelares. Detrás de la resolución hay una apuesta judicial clara: cuando están en juego mujeres vulnerables reconocidas como testigos protegidas, el umbral para conceder la libertad se eleva de forma notable.
La operación, llevada a cabo por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional hace nueve meses, abrió una causa por trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Desde entonces, los sucesivos intentos de la defensa por lograr la excarcelación se han estrellado una y otra vez contra el mismo muro: el riesgo de fuga que aprecian tanto la instrucción como la sala provincial.
Una doble nacionalidad que complica todo
En el caso de la investigada, el argumento central de los magistrados gira en torno a su condición de nacional española y venezolana. Ese doble vínculo, unido a los viajes que habría realizado a Venezuela poco antes de su detención, lleva a los jueces a considerar que contaría con vías reales para sustraerse al proceso. La ausencia de bienes en España y de menores a su cargo refuerza, en su análisis, esa capacidad de desaparecer sin dejar raíces que la aten.
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Conoce más →A ello se suma el dinero disponible: los agentes hallaron 11.000 euros en efectivo, y el tribunal subraya que la investigada habría sufragado los billetes de avión desde Venezuela de al menos ocho mujeres, las presuntas víctimas del caso. ¿Qué peso debe tener esa solvencia económica en un debate sobre libertad provisional? Para la Audiencia, la respuesta está clara: es precisamente ese respaldo financiero el que haría plausible una huida con recursos.
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El auto incide en una cuestión que va más allá de este caso: la naturaleza organizada y con frecuencia transnacional de la trata facilita redes de apoyo externo capaces de ayudar a un investigado a eludir la justicia. Es un razonamiento que los tribunales están aplicando con creciente frecuencia en causas de explotación con víctimas extranjeras, donde la distancia y la falta de arraigo convierten la fianza en un instrumento poco eficaz.
Hay además un elemento que no favorece en nada a la defensa: la propia investigada reconoció ante los agentes que se deshizo de los teléfonos intervenidos, arrojándolos a una papelera. Para el tribunal, ese gesto apunta a un riesgo real de destrucción de pruebas, motivo adicional para mantener la medida más severa del catálogo cautelar.
Las testigos protegidas, en el centro de la ecuación
Quizá el aspecto más significativo de la resolución sea el peso que concede a la salvaguardia de las mujeres que han sido reconocidas como testigos protegidas. Al conocer la investigada sus datos personales, los magistrados consideran que su puesta en libertad podría comprometer la integridad o la tranquilidad de quienes están llamadas a declarar. Es una lógica de protección que trasciende el mero riesgo procesal y conecta con la esencia de la trata como delito que se sustenta en el sometimiento y el miedo.
La investigación, según apuntan las actuaciones, describiría jornadas extenuantes para las víctimas, vinculadas además al consumo de drogas. El otro detenido tampoco ha logrado recuperar la libertad: el tribunal mantiene la misma valoración de riesgo de fuga en su caso.
Que la prisión se prolongue nueve meses dice poco del desarrollo futuro del juicio, pero mucho de cómo los tribunales gallegos están abordando la trata de seres humanos. Cuando hay víctimas vulnerables bajo protección, las salas parecen dispuestas a asumir el coste de mantener a los investigados entre rejas antes que arriesgar el proceso. La causa sigue su curso, y la libertad provisional, de momento, sigue siendo papel mojado.
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