Las acusaciones particulares en el caso del accidente mortal del Saltamontes en Vigo han solicitado penas de hasta 4,5 años de prisión para la concejal de Seguridad del Concello, Patricia Rodríguez, y el propietario de la atracción, G.M.M.D.S.. El suceso ocurrió en la madrugada del 3 de agosto de 2025, durante las fiestas de Matamá, cuando un brazo de la atracción se desprendió, causando la muerte de Iván C.H., de 22 años. Las familias de la víctima piden además indemnizaciones que suman más de 450.000 euros. La Fiscalía aún no ha presentado su escrito de acusación.
Los hechos
La atracción Saltamontes comenzó a funcionar al inicio de las fiestas de Matamá en verano de 2025, pese a carecer de autorización municipal. Un informe técnico del Concello, validado por la propia Patricia Rodríguez, desaconsejaba expresamente su instalación por riesgos estructurales. Sin embargo, las fiestas ya habían comenzado y la atracción ya estaba operativa. A nadie se le escapa que, en esos momentos, cualquier retraso o cierre habría sido políticamente sensible.
El dueño de la atracción, G.M.M.D.S., mantuvo el funcionamiento pese a conocer la falta de permisos. Las acusaciones destacan que ni él ni la edila adoptaron medidas efectivas para suspender la actividad o precintar el dispositivo. “Resultaba exigible una actuación material, eficaz e inmediata”, señala el escrito de la acusación particular. Basta con mirar las fotos de aquel día: el Saltamontes giraba sin ninguna señal de alerta, rodeado de jóvenes.
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Conoce más →En la madrugada del 3 de agosto, uno de los brazos metálicos cedió violentamente. Iván C.H., que estaba en una cabina junto a su novia, recibió el impacto directo. Fue trasladado al CHUVI, donde falleció horas después por politraumatismos graves. La novia sufrió lesiones de consideración. Las familias no han vuelto a pisar Matamá desde entonces. Demasiado tiempo ha pasado sin respuestas.
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Hosting WordPress →Contexto y antecedentes
El caso Saltamontes no surge en un vacío. En 2021 ya hubo una inspección previa que cuestionó la idoneidad del terreno donde se instaló la atracción. Fuentes del sector feriante, consultadas por este periódico, admiten que en comarcas como Pontevedra es habitual que atracciones itinerantes operen con licencias precarias o bajo permisos eventuales. Pero en este caso, el informe técnico era claro: no se cumplían las condiciones de estabilidad. No es menor el dato: el técnico firmó su negativa el 15 de julio de 2025, diez días antes del inicio de las fiestas.
La concejal Patricia Rodríguez, del BNG, asumió la competencia de Seguridad Pública en 2023 tras las elecciones municipales. Desde entonces, su gestión ha estado marcada por un discurso de control estricto sobre eventos masivos. Pero aquí falló el guion. Quien apostó por una imagen de firmeza ahora enfrenta una acusación por omisión en el cumplimiento del deber. Pocas veces se ha visto una distancia tan grande entre el discurso y los hechos. La cifra habla por sí sola: 4,5 años de prisión por no mover un solo informe.
Perspectiva y futuro
Las penas solicitadas —4,5 años de prisión y hasta 6 de inhabilitación— apuntan a una responsabilidad penal por homicidio y lesiones por imprudencia grave. El marco legal es claro: el artículo 142 del Código Penal castiga las imprudencias graves en actividades con riesgo para personas o bienes. Ahí está la clave: no se acusa de acción directa, sino de pasividad frente a un peligro conocido. Un responsable del sector jurídico, que pidió anonimato, señaló: “El deber de supervisión no se cumple con un informe archivado. Se cumple con un precinto en la puerta”.
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