Tres años y medio después del hundimiento que enlutó a la marinera gallega, la vía judicial que las familias de las víctimas soñaban recorrer parece agotarse. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que presentaron los parientes de los fallecidos en el naufragio del Villa de Pitanxo, con el que pretendían que la causa se transformara en un procedimiento por homicidio con dolo eventual.
La razón del rechazo es de orden técnico pero de enorme trascendencia práctica: frente al auto de la Audiencia Nacional que descartó tramitar el caso como procedimiento sumario —la modalidad que habrían necesitado las acusaciones para sostener su tesis— no cabe recurso de casación. Sin esa puerta abierta, el proceso seguirá su curso por la vía abreviada que la sala acordó en su momento.
Qué pretendían las familias
La batalla procesal gira en torno a una distinción jurídica esencial. Las familias sostenían que el patrón y la armadora del buque fueron conscientes de que los incumplimientos que se les atribuyen podían desembocar precisamente en lo que ocurrió: el hundimiento de la embarcación. Aceptar esa premisa habría permitido hablar de dolo eventual y, con ello, encuadrar los hechos como un delito de homicidio, tramitado mediante un procedimiento sumario con mayores garantías para las acusaciones.
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Conoce más →La Audiencia Nacional, sin embargo, optó por el cauce abreviado, y esa decisión —clave para el rumbo del caso— queda ahora blindada ante el Tribunal Supremo. Las familias llevaron la discrepancia hasta la última instancia disponible y la respuesta ha sido negativa, no por un análisis del fondo del asunto, sino por la naturaleza del auto recurrido.
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Hosting WordPress →Un naufragio que marcó a la marinera gallega
El Villa de Pitanxo se hundió el 15 de febrero de 2022 a unas 250 millas de Terranova, en aguas del Atlántico norte. La tragedia, una de las más graves que recuerda la pesca gallega de altura en las últimas décadas, conmocionó a los puertos de la comarca de Pontevedra de donde era originario buena parte de la tripulación.
Desde entonces, el caso ha discurrido entre la instrucción judicial y el pulso procesal por determinar qué tipo penal corresponde a lo sucedido. Para las familias no se trata de una cuestión técnica: la calificación jurídica determina qué se juzga realmente —si una negligencia impropia o una conducta consciente del riesgo— y, con ella, la percepción de justicia que puedan obtener al final del camino.
El fondo, en manos de la Audiencia Nacional
Con el recurso desestimado, la responsabilidad de juzgar los hechos recae plenamente en la Audiencia Nacional, dentro del procedimiento abreviado. Queda por ver qué conclusiones alcanza la sala sobre las responsabilidades que se reclaman y qué respuesta penal recibe un suceso que para decenas de familias sigue siendo una herida abierta.
El caso del Villa de Pitanxo vuelve a poner sobre la mesa una pregunta incómoda: hasta dónde alcanza la protección judicial de quienes faenan en aguas lejanas y a qué precio se mide el riesgo asumido en una de las profesiones más peligrosas del mundo. Mientras esa discusión no se salde, los familiares tendrán que conformarse con que la justicia siga su cauce, aunque no sea el que ellos reclamaban.
Con información de medios gallegos
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