El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave que acota las posibilidades de convertir en fijos a los empleados públicos interinos. Solo aquellos que superaron un proceso selectivo pero se quedaron sin plaza podrían acceder a la condición de personal fijo. La decisión, que afecta a miles de trabajadores en toda España, pone coto a las pretensiones de quienes reclaman la fijeza por el mero hecho de haber encadenado contratos temporales. El fallo coincide con la recta final del proceso de estabilización en marcha en las administraciones gallegas, donde la tasa de interinidad sigue siendo elevada.
El alto tribunal unifica criterio después de años de disparidad en los juzgados. A nadie se le escapa que la temporalidad en el sector público se ha convertido en un problema estructural. Sin embargo, el Supremo considera que la solución no puede ser la conversión automática de todos los temporales en fijos sin pasar por un proceso selectivo objetivo. Lo cierto es que la directiva europea sobre trabajo temporal exige medidas contra el abuso, pero no impone la fijeza como única salida. Ahí está la clave del debate.
Una doctrina que pone orden
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo introduce un matiz crucial. Quienes aprobaron una oposición pública pero no obtuvieron plaza –por falta de vacantes o por no alcanzar la nota de corte– tienen un derecho preferente a ser nombrados fijos si la administración sigue necesitando cubrir ese puesto de manera estructural. En cambio, quienes han ido encadenando contratos temporales sin haber pasado por un proceso selectivo no pueden reclamar la fijeza por el simple paso del tiempo. Demasiados años de abuso, pero el Supremo pone un freno.
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Conoce más →La sentencia se apoya en los principios de igualdad, mérito y capacidad que recoge la Constitución. Fuentes judiciales explican que no se trata de una puerta abierta a la fijeza indiscriminada, sino de una respuesta equilibrada para quienes ya demostraron su valía en una oposición. Basta con mirar los procesos selectivos de los últimos años en la Xunta: miles de aspirantes se examinan para unas decenas de plazas, y muchos aprueban sin conseguir destino. Ellos son los que ahora ven una luz al final del túnel.
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La comunidad gallega arrastra una elevada temporalidad en el empleo público. Según datos oficiales, la tasa de interinidad en la administración autonómica roza el 30% en algunas consellerías, y en el Servizo Galego de Saúde supera el 35%. Basta con visitar los hospitales de A Coruña, Vigo o Santiago para comprender la magnitud del fenómeno: profesionales que encadenan contratos durante años sin consolidar su puesto. El proceso de estabilización, que debía concluir a finales de 2024, se ha visto salpicado por la incertidumbre jurídica. Ahora, con la sentencia del Supremo, las administraciones gallegas tienen una hoja de ruta más clara.
No es menor el dato de que miles de interinos en Galicia se presentaron a oposiciones masivas en los últimos años, aprobaron los exámenes, pero no lograron plaza. Un ejemplo: las oposiciones de secundaria convocadas por la Consellería de Educación dejaron cientos de aprobados sin destino. Ellos son los principales beneficiarios de la nueva doctrina. En cambio, aquellos que nunca se presentaron a una oposición o la suspendieron no podrán aspirar a la fijeza, aunque lleven quince años trabajando en el mismo servicio. Una distinción polémica, pero que el Supremo defiende como necesaria para preservar los principios constitucionales.
Las consecuencias prácticas
La sentencia tendrá un impacto inmediato en los tribunales gallegos. En los juzgados de lo contencioso de Santiago y A Coruña se acumulan decenas de demandas de interinos que reclamaban la fijeza. Ahora quedarán supeditadas a la demostración de que superaron un proceso selectivo. Los sindicatos, que venían apoyando la conversión masiva, han mostrado.
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