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Lugo aprobará bonificaciones fiscales de hasta el 80 % para empresas que creen empleo

Lugo aprobará bonificaciones fiscales de hasta el 80 % para empresas que creen empleo

La Junta de Gobierno Local del Concello de Lugo aprobó los proyectos de modificación de distintas ordenanzas fiscales municipales, que incorporan nuevos incentivos para favorecer la implantación de actividades económicas y la ampliación de las existentes cuando conlleven creación de empleo indefinido. Las medidas, con reducciones de hasta el 80 % en el IBI, el ICIO y el IAE, se aprueban ahora para completar su tramitación y garantizar que puedan entrar en vigor el 1 de enero de 2027.

Estas medidas forman parte de los pasos necesarios para la incorporación de Lugo a la iniciativa gallega de Concellos Emprendedores, Doing Business Galicia. Las bonificaciones se establecen en función de los nuevos puestos de trabajo creados: un 50 % para entre 1 y 10 empleos, un 75 % para entre 11 y 20, y un 80 % para 21 o más. Los nuevos contratos deberán ser indefinidos, a jornada completa y destinados a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.

Bonificaciones por impuesto

En el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 202 incorpora una bonificación para las obras vinculadas a la implantación de nuevas actividades económicas o a la ampliación de las existentes que cumplan estos requisitos. Los puestos de trabajo creados deberán mantenerse durante los tres ejercicios posteriores a la finalización de las obras.

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En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 203 establece una bonificación para los inmuebles en los que se desarrollen estas actuaciones. Tendrá una duración de tres años, siempre que se acredite el mantenimiento de los nuevos puestos de trabajo durante el período bonificado. El IAE, por su parte, incorpora una bonificación durante tres ejercicios para las empresas que implanten una nueva actividad o amplíen sus instalaciones, debiendo producirse un incremento neto del personal.

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La propuesta de modificación del IBI también introduce cambios en otras bonificaciones. Se mantienen las bonificaciones del 30 % para la categoría general y del 50 % para la especial en la vivienda habitual de las familias numerosas, e introduce una novedad para los supuestos de separación o divorcio: se considerará vivienda habitual de cada progenitor aquella en la que esté empadronado. Para los inmuebles vinculados a actividades agrarias y ganaderas declaradas de interés o utilidad municipal, se mantiene la bonificación del 95 % durante tres años, que se aplicará desde el período impositivo siguiente al de la presentación de la solicitud, en lugar de desde el ejercicio siguiente al de la concesión.

En el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 200 amplía de tres a cinco años la duración de las bonificaciones para los vehículos menos contaminantes, con una reducción del 50 % para los híbridos y del 75 % para los eléctricos, los de emisiones nulas y los que empleen los combustibles alternativos previstos en la ordenanza. Estas bonificaciones deberán solicitarse expresamente.

Finalmente, la modificación de la Ordenanza Fiscal General cambia el criterio de aplicación del importe mínimo de 1.000 euros de deuda principal pendiente para la derivación de la acción de cobro por sanciones de tráfico: en los supuestos en que el propietario sea responsable, este límite se vinculará al vehículo, en lugar de al conjunto del expediente ejecutivo abierto al infractor.

Los proyectos serán elevados al Pleno para su aprobación inicial. La previsión es que las modificaciones entren en vigor el 1 de enero de 2027, una vez completada la tramitación y publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

Claves

  • Bonificaciones de hasta el 80 % en el ICIO, el IBI y el IAE.
  • Porcentajes: 50 % para entre 1 y 10 empleos, 75 % para entre 11 y 20 y 80 % para 21 o más.
  • Los nuevos contratos deberán ser indefinidos, a jornada completa y destinados a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
  • En el ICIO, los puestos creados deberán mantenerse durante los tres ejercicios posteriores a la finalización de las obras.
  • La bonificación del IBI tendrá una duración de tres años y la del IAE, tres ejercicios.
  • En el IVTM, las bonificaciones se amplían de tres a cinco años: 50 % para híbridos y 75 % para eléctricos, de emisiones nulas o con combustibles alternativos; deberán solicitarse expresamente.
  • Entrada en vigor prevista: 1 de enero de 2027, tras la tramitación y publicación de la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

Fuente: Concello de Lugo

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Redacción Galicia Universal

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