La trabajadora denunció a un compañero que le dijo que acabaría en el hospital. La empresa la despidió a ella también. Ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma que aquella decisión fue nula, obliga a readmitirla y a pagarle más de siete mil euros de indemnización más los salarios atrasados. Un fallo que pone el foco en la protección de quienes denuncian violencia en el entorno laboral.
Los hechos se remontan a abril de 2025. El día 11, la mujer, que trabajaba como recepcionista en una empresa de Ourense, presentó una denuncia formal contra un compañero. Según consta en la sentencia, tres días antes este trabajador la había amenazado con una frase que no admite medias tintas: «Tú vas a acabar en el hospital». La amenaza fue el detonante de una denuncia que, lejos de protegerla, terminó costándole el puesto de trabajo.
Un burofax y dos despidos
A finales de ese mismo mes de abril, la empresa optó por una solución salomónica que la justicia ha considerado inaceptable. Envió un burofax a la trabajadora comunicándole su despido. Al mismo tiempo, también cesó al trabajador denunciado. Pero la equiparación de ambas situaciones fue lo que llevó el caso a los tribunales. La recepcionista recurrió la decisión y el Juzgado de lo Social número 1 de Ourense le dio la razón en primera instancia. El magistrado declaró nulo el despido, una calificación jurídica que tiene consecuencias mucho más graves que la simple improcedencia.
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Conoce más →La empresa no se conformó y recurrió ante el TSXG. El alto tribunal gallego acaba de ratificar íntegramente la sentencia inicial. La trabajadora tendrá que ser readmitida en su puesto de trabajo, la empresa deberá abonarle todos los salarios que dejó de percibir desde el despido hasta la readmisión y, además, pagarle una indemnización de 7.501 euros. La cifra habla por sí sola. No es una cantidad simbólica.
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Hosting WordPress →La clave jurídica: vulneración de derechos fundamentales
Lo que distingue este caso de un despido ordinario es la causa. El tribunal considera que la decisión de la empresa vulneró derechos fundamentales de la trabajadora. Al despedirla por haber denunciado a un compañero por amenazas, se está castigando el ejercicio legítimo de la tutela judicial efectiva y el derecho a la integridad física y moral. Dicho de otro modo: la empresa convirtió a la víctima en culpable. Y eso, para la justicia, es inasumible.
Los magistrados del TSXG subrayan que la denuncia de la trabajadora no fue un acto menor. Las amenazas habían sido verbales, pero su gravedad era suficiente para activar los mecanismos de protección. La empresa, en lugar de investigar los hechos y adoptar medidas contra el presunto agresor, optó por cortar por lo sano y despedir a ambos. Una decisión que, según el fallo, resulta desproporcionada y lesiva para los derechos de la denunciante.
Un precedente en la provincia de Ourense
Esta sentencia llega en un momento en el que los tribunales gallegos están afinando su criterio sobre los despidos vinculados a denuncias internas. A nadie se le escapa que el miedo a represalias disuade a muchas personas de denunciar acoso o amenazas en el trabajo. El fallo del TSXG envía un mensaje claro: quien denuncia no puede ser castigado por ello. Y si lo es, la empresa se enfrenta a consecuencias económicas y a la obligación de readmitir.
No es menor el dato de que la indemnización fijada, 7.501 euros, supera con creces lo que correspondería por un despido improcedente en muchos casos. El plus sancionador responde precisamente a esa lesión de derechos fundamentales. La empresa no solo pagará por el despido, sino por haber vulnerado la dignidad y los derechos de su empleada.
Lo que viene ahora
La sentencia del TSXG es firme y no cabe recurso ordinario contra ella. La empresa de Ourense tendrá que readmitir a la trabajadora en un plazo razonable y abonar las cantidades señaladas. Queda por ver cómo se recompo
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