Un padre a quien el juzgado de Ribadavia denegó la custodia compartida de sus dos hijos menores alegando su horario de trabajo ha visto cómo la Audiencia Provincial de Ourense le da la razón. El tribunal provincial considera que no poder llevar a los niños al colegio no es un obstáculo suficiente para rechazar un régimen de custodia compartida, y revoca así la decisión de primera instancia.
Un horario que empezaba a las seis de la mañana
El origen del conflicto estaba en las condiciones laborales del progenitor. Su jornada arranca a las seis de la mañana y termina a las dos de la tarde, un horario que el tribunal de instancia entendió incompatible con el cuidado de los menores, dado que no podría acompañarlos al colegio. Ese argumento fue suficiente para denegar la custodia compartida y mantener el régimen anterior.
No parece un detalle menor. La hora de entrada al colegio y la de salida del puesto de trabajo rara vez coinciden, y esa discrepancia se convirtió en el eje del debate procesal. Pero los magistrados de la Audiencia no lo ven igual, y su razonamiento cambia el punto de mira.
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Conoce más →«Un lujo que no todos los progenitores se pueden permitir»
La sentencia de la Audiencia desmonta el argumento del juzgado con una idea de fondo: la posibilidad de llevar personalmente a los hijos al colegio no puede exigirse como condición para compartir la custodia. En su resolución, los magistrados subrayan que se trata de «un lujo que no todos los progenitores (ni aun cuando se mantiene una relación de pareja) se pueden permitir».
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Ver planes de hosting →La frase contiene toda la carga del fallo. Si ni siquiera las parejas que conviven pueden asumir siempre esa tarea, plantea el tribunal, resulta desproporcionado exigírselo a un padre separado para concederle una custodia compartida que, por lo demás, considera adecuada al interés de los menores.
El segundo argumento es igualmente revelador: la madre, señala la resolución, también necesita apoyo de terceras personas para conciliar su vida laboral con el cuidado de los hijos. A nadie se le escapa la simetría del razonamiento. Si la necesidad de ayuda externa no se interpreta como incapacidad materna, difícilmente puede usarse como castigo paterno.
El doble rasero en los litigios de custodia
Conviene recordar que la custodia compartida es la opción que la legislación favorece como regla general, salvo que resulte perjudicial para los menores. En la práctica, sin embargo, los tribunales siguen encontrando motivos para denegarla, y las incompatibilidades laborales figuran entre los más frecuentes. Este fallo de la Audiencia ourensana se suma a una línea jurisprudencial que pide criterios homogéneos: lo que se exige a un progenitor debería exigirse al otro.
El caso, resuelto en Ourense, tiene además un valor simbólico en una comunidad donde los desplazamientos largos al colegio y los horarios laborales precarios complican la conciliación en buena parte del mundo rural. Demasiadas familias lo saben de primera mano.
Qué implica la revocación
La decisión del tribunal provincial supone que el padre podrá acceder al régimen de custodia compartida que le fue negado en primera instancia, con el reparto de tiempos y responsabilidades que ello conlleva. La sentencia no entra a valorar las relaciones personales de los menores con cada progenitor como problema, sino que se centra en desmontar el único obstáculo esgrimido: el horario de trabajo.
Queda por ver si la resolución acaba siendo recurrida o si, por el contrario, se convierte en referencia para casos similares en la provincia. Lo cierto es que el mensaje del tribunal es claro: el interés del menor no puede depender de si sus padres pueden o no firmar la autorización del colegio en persona.
La pregunta que deja este fallo es incómoda y necesaria: cuántas custodias compartidas se han denegado en Galicia por argumentos que la Audiencia de Ourense acaba de desmontar.
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