Ourense se prepara para un juicio que trasciende lo meramente penal. Un celador del Complexo Hospitalario de Ourense será juzgado el próximo mes de enero por presuntamente besar sin consentimiento a una compañera de trabajo durante el turno de noche. La Fiscalía solicita dos años de prisión por un delito de agresión sexual, una petición que comparte la acusación particular. La audiencia preliminar, celebrada este miércoles en la Plaza 2 de la Sección Penal, concluyó sin acuerdo. Demasiado tiempo para una resolución que no llega.
Los hechos se remontan al 6 de julio de 2023. Según el escrito de acusación del Ministerio Público, ambos trabajadores se encontraban realizando el turno de noche en el CHUO. La víctima, una mujer que también prestaba servicios en el centro hospitalario, salía de un ascensor para trasladar un ingreso a planta. Fue entonces, siempre según la versión de la Fiscalía, cuando el acusado, sin mediar palabra ni obtener permiso, le cogió la boca con las manos y le dio un beso en la misma.
Un gesto que, a ojos de la ley, constituye un atentado contra la libertad sexual de la denunciante. La cifra habla por sí sola: dos años de prisión y tres de alejamiento. La acusación particular eleva la misma pena. No parece casualidad que el caso haya llegado tan lejos sin que las partes alcanzaran un acuerdo.
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Conoce más →Un escenario habitual, un delito silenciado
Lo ocurrido en el CHUO no es un caso aislado. El ámbito hospitalario, como tantos otros entornos laborales, es escenario de conductas que, aunque a menudo se minimizan, tienen consecuencias penales. Un beso no consentido no es una confianza malinterpretada; es, según el Código Penal, una agresión sexual. La jurisprudencia es clara al respecto: cualquier acto de contenido sexual realizado sin el consentimiento de la otra persona puede ser constitutivo de delito.
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Hosting WordPress →Ahí está la clave. El consentimiento no se presume, se otorga. Y en este caso, según la acusación, no existió. La defensa del celador, previsiblemente, tratará de rebajar la intensidad de los hechos o cuestionar la versión de la denunciante. Pero la Fiscalía sostiene que el beso fue impuesto, que la víctima no pudo evitarlo y que el acusado actuó con plena conciencia de lo que hacía.
La celebración de la audiencia preliminar sin acuerdo indica que las posturas están muy alejadas. Difícil que un pacto procesal pudiera cerrar el caso antes de llegar a juicio. Ahora será un tribunal quien decida.
El turno de noche y la vulnerabilidad
Los hechos ocurrieron durante el turno de noche, un horario en el que la plantilla es reducida y la supervisión, menor. Quien ha trabajado en un hospital sabe que esas horas tienen una dinámica particular. Menos testigos, más confianza entre compañeros, una cierta sensación de impunidad que a veces se traduce en comportamientos inapropiados.
La víctima salía del ascensor para trasladar un ingreso a planta. Un gesto rutinario, una tarea más dentro de la cadena de cuidados. En ese instante, según la acusación, el celador la interceptó y la besó. Sin mediar palabra. Sin preguntar. Sin esperar respuesta.
No es menor el dato de que ambos eran compañeros de trabajo. El ámbito laboral, cuando se produce una agresión sexual, añade una capa adicional de complejidad. La víctima debe seguir acudiendo al mismo lugar, cruzarse con el agresor en los pasillos, mantener la profesionalidad mientras el trauma se enquista. Por eso la Fiscalía pide también la prohibición de aproximarse a la denunciante durante tres años.
Un juicio que marca precedente
El caso llegará a juicio en enero, y lo hará en un contexto social y judicial cada vez más sensible a las agresiones sexuales. La reforma del Código Penal, conocida como ley del solo sí es sí, ha puesto el consentimiento en el centro del debate. Ya no se trata de si hubo violencia o intimidación; basta con que no hubiera consentimiento para que exista delito.
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